III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-17623)
Resolución de 22 de agosto de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Embajada de España en Angola y MAXAM-CPEA Angola, SA, para la celebración de la Fiesta Nacional de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 211

Sábado 31 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 109886

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
17623

Resolución de 22 de agosto de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre la Embajada de España en Angola y
MAXAM-CPEA Angola, SA, para la celebración de la Fiesta Nacional de
España.

Con fecha 7 de agosto de 2024 se suscribió un convenio entre embajada de España
en Luanda, Angola y MAXAM-CPEA Angola, SA para la celebración de la Fiesta
Nacional de España.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 22 de agosto de 2024.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez
Álvarez.
ANEXO
Convenio entre la Embajada de España en Luanda, Angola y MAXAM-CPEA
Angola, SA, para la celebración de la Fiesta Nacional de España
En Luanda, 7 de agosto de 2024.

I. De una parte, la Embajada de España en Luanda, Angola, con domicilio en Ed.
Torrre Maculusso, Rua Frederic Welwitsch 84, 12.º Andar, Luanda (Angola), y número de
identificación fiscal S2812103F (en adelante, la Embajada).
La Embajada está en este acto representada por El Embajador de España en
Luanda, Angola, don Manuel María Lejarreta Lobo, con Pasaporte Diplomático *****00**,
mayor de edad, de nacionalidad española, con domicilio profesional en Luanda, Angola.
El Embajador de España en Luanda, Angola, don Manuel María Lejarreta Lobo actúa
por delegación de firma de la Directora General del Servicio Exterior, según facultades
delegadas por medio de resolución de fecha 22 de mayo de 2024, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 4.1.a) de la Orden AUC/462/2021, de 28 de abril, por la que se
fijan los límites para administrar gastos y de delegación de competencias.
II. Y, de otra parte, MAXAM-CPEA Angola, SA, con domicilio en Rua Fernando de
Sousa s/n, Condominio Bengo, bloco A, 6.º andar, Luanda (Angola), y número de
identificación fiscal 5403001611 (en adelante, MAXAM CPEA), representada en este acto
por don Daniel Muñoz Sánchez, con Pasaporte *****17**, mayor de edad, de
nacionalidad española, con domicilio profesional en Rua Fernando de Sousa s/n,
Condominio Bengo, bloco A, 6.º andar, Luanda (Angola) y por don Paxi Joao Sebastiao
Mabico, con Pasaporte ****37**, mayor de edad, de nacionalidad Angoleña, con domicilio
profesional en Rua Fernando de Sousa s/n, Condominio Bengo, bloco A, 6.º
andar, Luanda (Angola).
Actúan en calidad de Director Financiero y Director General, respectivamente

cve: BOE-A-2024-17623
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REUNIDOS