III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Subvenciones. (BOE-A-2024-17643)
Corrección de errores de la Orden TES/889/2024, de 19 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las actividades de promoción de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento de los entes representativos de la economía social de ámbito estatal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 211
Sábado 31 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 110047
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
17643
Corrección de errores de la Orden TES/889/2024, de 19 de agosto, por la que
se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las
actividades de promoción de la economía social y de la responsabilidad
social de las empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento de los
entes representativos de la economía social de ámbito estatal.
Advertidos errores en la Orden TES/889/2024, de 19 de agosto, por la que se
establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las actividades de
promoción de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y para
sufragar los gastos de funcionamiento de los entes representativos de la economía social
de ámbito estatal, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 204, de 23 de
agosto de 2024, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
cve: BOE-A-2024-17643
Verificable en https://www.boe.es
En la página 107701, donde dice: «Asimismo y, tal y como señala la Ley 5/2011,
de 29 de marzo, …», debe decir: «Asimismo, y tal y como señala la Ley 5/2011, de 29 de
marzo, …».
En la página 107702, donde dice: «… conforma una nueva arquitectura
administrativa en la las competencias de economía social se engarzan en la nueva
Secretaria de Estado de Economía Social …», debe decir: «… conforma una nueva
arquitectura administrativa en la que las competencias de economía social se engarzan
en la nueva Secretaría de Estado de Economía Social …».
En la página 107707, en el artículo 5.1.c) donde dice: «… a personas trabajadoras de
la economía social y actores que promuevan la responsabilidad social de las
empresas.», debe decir: «… a personas trabajadoras de la economía social y a actores
que promuevan la responsabilidad social de las empresas.».
En la página 107709, en el artículo 6.4, donde dice: «… podrá acordarse la
reasignación de este para atender a todas solicitudes, en la forma en la que se
establezca en la correspondiente convocatoria.», debe decir: «… podrá acordarse la
reasignación de este para atender a todas las solicitudes, en la forma en la que se
establezca en la correspondiente convocatoria.».
En la página 107711, en el artículo 8.6, donde dice: « … se concederá un plazo de
cinco días para presentar alegaciones.», debe decir: «… se concederá un plazo de diez
días para presentar alegaciones.».
En la página 107714, en el artículo 12.4, donde dice: «… se dictará y notificará en el
plazo máximo diez días.», debe decir: «… se dictará y notificará en el plazo máximo de
diez días.».
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 211
Sábado 31 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 110047
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
17643
Corrección de errores de la Orden TES/889/2024, de 19 de agosto, por la que
se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las
actividades de promoción de la economía social y de la responsabilidad
social de las empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento de los
entes representativos de la economía social de ámbito estatal.
Advertidos errores en la Orden TES/889/2024, de 19 de agosto, por la que se
establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las actividades de
promoción de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y para
sufragar los gastos de funcionamiento de los entes representativos de la economía social
de ámbito estatal, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 204, de 23 de
agosto de 2024, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
cve: BOE-A-2024-17643
Verificable en https://www.boe.es
En la página 107701, donde dice: «Asimismo y, tal y como señala la Ley 5/2011,
de 29 de marzo, …», debe decir: «Asimismo, y tal y como señala la Ley 5/2011, de 29 de
marzo, …».
En la página 107702, donde dice: «… conforma una nueva arquitectura
administrativa en la las competencias de economía social se engarzan en la nueva
Secretaria de Estado de Economía Social …», debe decir: «… conforma una nueva
arquitectura administrativa en la que las competencias de economía social se engarzan
en la nueva Secretaría de Estado de Economía Social …».
En la página 107707, en el artículo 5.1.c) donde dice: «… a personas trabajadoras de
la economía social y actores que promuevan la responsabilidad social de las
empresas.», debe decir: «… a personas trabajadoras de la economía social y a actores
que promuevan la responsabilidad social de las empresas.».
En la página 107709, en el artículo 6.4, donde dice: «… podrá acordarse la
reasignación de este para atender a todas solicitudes, en la forma en la que se
establezca en la correspondiente convocatoria.», debe decir: «… podrá acordarse la
reasignación de este para atender a todas las solicitudes, en la forma en la que se
establezca en la correspondiente convocatoria.».
En la página 107711, en el artículo 8.6, donde dice: « … se concederá un plazo de
cinco días para presentar alegaciones.», debe decir: «… se concederá un plazo de diez
días para presentar alegaciones.».
En la página 107714, en el artículo 12.4, donde dice: «… se dictará y notificará en el
plazo máximo diez días.», debe decir: «… se dictará y notificará en el plazo máximo de
diez días.».
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X