II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DEL INTERIOR. Destinos. (BOE-A-2024-17487)
Resolución de 21 de agosto de 2024, de la Subsecretaría, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 19 de junio de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209
Jueves 29 de agosto de 2024
Sec. II.A. Pág. 109410
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DEL INTERIOR
17487
Resolución de 21 de agosto de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de
19 de junio de 2024.
Por resolución de 19 de junio de 2024, de la Subsecretaría (BOE de 1 de julio), se
anunció convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de los
puestos de trabajo que figuraban relacionados en el anexo I de dicha resolución, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y 127 del Real Decreto-ley 6/2023,
de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas en materia de servicio público de
justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
Acreditada la observancia de lo previsto en el artículo 4.3 de la Orden TDF/379/2024,
de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión
de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión
en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el
que se aprueban medidas en materia de servicio público de justicia, función pública,
régimen local y mecenazgo, así como el cumplimiento por parte del candidato de los
requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y la idoneidad para el
desempeño del puesto, de acuerdo con la valoración efectuada por el Centro Directivo
del que depende el puesto de trabajo convocado,
Esta Subsecretaría dispone resolver la referida convocatoria en los términos que se
expresan en el anexo.
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el
artículo 48, al que remite el 57, del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.
Madrid, 21 de agosto de 2024.–La Subsecretaria del Interior, Susana Crisóstomo
Sanz.
cve: BOE-A-2024-17487
Verificable en https://www.boe.es
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i), 14.2
y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de
reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Núm. 209
Jueves 29 de agosto de 2024
Sec. II.A. Pág. 109410
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DEL INTERIOR
17487
Resolución de 21 de agosto de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de
19 de junio de 2024.
Por resolución de 19 de junio de 2024, de la Subsecretaría (BOE de 1 de julio), se
anunció convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de los
puestos de trabajo que figuraban relacionados en el anexo I de dicha resolución, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y 127 del Real Decreto-ley 6/2023,
de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas en materia de servicio público de
justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
Acreditada la observancia de lo previsto en el artículo 4.3 de la Orden TDF/379/2024,
de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión
de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión
en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el
que se aprueban medidas en materia de servicio público de justicia, función pública,
régimen local y mecenazgo, así como el cumplimiento por parte del candidato de los
requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y la idoneidad para el
desempeño del puesto, de acuerdo con la valoración efectuada por el Centro Directivo
del que depende el puesto de trabajo convocado,
Esta Subsecretaría dispone resolver la referida convocatoria en los términos que se
expresan en el anexo.
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el
artículo 48, al que remite el 57, del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.
Madrid, 21 de agosto de 2024.–La Subsecretaria del Interior, Susana Crisóstomo
Sanz.
cve: BOE-A-2024-17487
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Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i), 14.2
y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de
reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.