V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. (BOE-B-2024-30383)
Extracto de la Resolución de 22 de agosto de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convoca a los centros docentes sostenidos con fondos públicos de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla a participar en el Programa de Cooperación Territorial para la Orientación, el Avance y el Enriquecimiento Educativo PROA+ 2024-2025.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209

Jueves 29 de agosto de 2024

Sec. V-B. Pág. 47194

especialmente de los más vulnerables, e incrementar el porcentaje de alumnado
que permanece en el sistema.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (BOE del 12 de mayo) de bases
reguladoras de la concesión de Subvenciones públicas en régimen de
concurrencia competitiva del Ministerio de Educación.
Cuarto. Cuantía.
1. La financiación de las actuaciones previstas para el desarrollo del programa
PROA+ se efectuará con cargo al crédito de la aplicación presupuestaria
18.04.322L.489.02 del Presupuesto de gastos del Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes por un importe de 372.000,00 euros para el año
2024.
2. Para el desarrollo de las actuaciones del programa, la cuantía máxima del
crédito que podría librarse a cada centro seleccionado sería de quince mil cien
euros (15.100,00 €) para dar cobertura a los gastos derivados del desarrollo de las
actividades palanca incluidas, así como para los recursos didácticos o material
fungible necesarios.
3. La cuantía de la ayuda asignada a cada centro será variable dependiendo
de la complejidad y dimensión de los centros y de acuerdo con las actividades
palanca que se van a desarrollar, así como con las prioridades y objetivos de este
programa, para la consecución de la finalidad última del programa que es mejorar
los resultados escolares de todo el alumnado del centro, en especial de los más
vulnerables.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar
desde el día siguiente al de la publicación de su extracto en el Boletín Oficial del
Estado.
Madrid, 22 de agosto de 2024.- El Secretario de Estado de Educación, José
Manuel Bar Cendón.

cve: BOE-B-2024-30383
Verificable en https://www.boe.es

ID: A240038616-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X