III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-17477)
Resolución de 5 de agosto de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de julio de 2024, por el que se otorga a Enel Green Power España, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para el parque eólico Moeche, de 50,4 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, ubicados en los términos municipales de Moeche, San Sadurniño y As Somozas, en la provincia de A Coruña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 208

Miércoles 28 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 108976

interpretación del alcance del artículo 131.6, RD 1955/2000, considerando el tenor del
artículo 53.1.b) de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico actualmente en vigor, determina
que solo tengan el carácter de discrepancias que determinen la elevación al Consejo de
Ministros para la resolución de las autorizaciones administrativas de construcción,
aquellas diferencias de carácter exclusivamente técnico que se susciten únicamente
cuando las instalaciones objeto de autorización afecten a bienes o derechos propiedad
de las citadas Administraciones».
Habida cuenta de lo anterior, y ante la oposición de carácter técnico del
Ayuntamiento de Moeche en cuanto a las afecciones del proyecto a bienes o derechos
de su propiedad, de acuerdo con lo previsto en el anteriormente señalado artículo 131.6
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se procede a elevar a Consejo de
Ministros para su aprobación la presente resolución.
Respecto al objeto de la discrepancia, si bien el Ayuntamiento de Moeche alega la
existencia de afecciones técnicas del proyecto, no ha informado, en el trámite de
consultas previsto en el artículo 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
sobre los requisitos técnicos o soluciones a implementar por el promotor para
compatibilizar el parque eólico (y sus infraestructuras de evacuación) con los bienes o
derechos de su titularidad. Es por ello que, estimando que existen soluciones técnicas
para la resolución de la discrepancia, se considera válida la propuesta del promotor, a
falta del establecimiento, por parte del Ayuntamiento de Moeche, de alternativas o
requisitos técnicos concretos a implementar en la configuración del proyecto.
En su virtud, el Consejo de Ministros, a propuesta de la Vicepresidenta Tercera del
Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico acuerda,
Primero.
Otorgar a Enel Green Power España, SL, autorización administrativa previa de las
modificaciones del proyecto del parque eólico Moeche, de 50,4 MW de potencia
instalada, y sus infraestructuras de evacuación, ubicados en los términos municipales de
Moeche, San Sadurniño y As Somozas, en la provincia de A Coruña, en los términos que
se recogen en la presente resolución.
Segundo.

– Tipo de tecnología: eólica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 50,4
MW.
– Modelo de aerogenerador: Siemens Gamesa SG 7.2-170, o similar.
– Número de aerogeneradores: 7 aerogeneradores de 7,2 MW de potencia unitaria,
rotor tripala de 170 m de diámetro y altura de buje de 115 metros.
– Tipo de torre: tubular de acero.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión
otorgados por Red Eléctrica de España, SAU: 53 MW.

cve: BOE-A-2024-17477
Verificable en https://www.boe.es

Otorgar a Enel Green Power España, SL, autorización administrativa de construcción
para el parque eólico Moeche, de 50,4 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras
de evacuación, ubicados en los términos municipales de Moeche, San Sadurniño y As
Somozas, en la provincia de A Coruña, con las características definidas en el proyecto
«Parque Eólico Moeche, Accesos y sus Infraestructuras Eléctricas de Evacuación»,
fechado en abril de 2023 y en la «Adenda al Proyecto Constructivo Documentación
Ambiental Parque Eólico Moeche», fechado en mayo de 2023, con las particularidades
recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación eólica para la generación
de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales del parque eólico son las siguientes: