II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2024-17402)
Resolución de 31 de julio de 2024, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector/a, de la Policía Nacional.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 108613
ANEXO III
Solicitud de admisión y liquidación de las tasas de examen
1.
Procedimiento de inscripción
Con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, la presentación de solicitudes de admisión a las pruebas y el pago de las
tasas de derechos de examen se realizará por vía telemática a través del portal web de
la Policía Nacional.
La solicitud se presentará obligatoriamente por vía telemática a través del portal web
de la Policía Nacional (https://policia.es/): seleccionando portal del aspirante (Procesos
Selectivos)/ Policía Nacional Escala Básica y Escala Ejecutiva.
El modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas de ingreso en la
Policía Nacional y liquidación de la tasa de derechos de examen (( Modelo 790, código
de tasa 088), se encuentra a disposición de los interesados una vez cumplimentado en el
Portal del Aspirante/<>/ <>/ <>.
Para acceder a este procedimiento podrá utilizar cualquiera de los métodos de
identificación aceptados en la plataforma Cl@ve (DNIe/Certificado electrónico, Cl@ve
PIN, Cl@ve Permanente).
La presentación por esta vía permitirá:
– Autenticación mediante Cl@ve o DNI.
– Inscripción en línea en modelo oficial (obligatorio).
– Pago telemático de las tasas, si procede (obligatorio).
– Firma electrónica de la solicitud (obligatorio). La firma electrónica genera
automáticamente el registro electrónico de la solicitud.
– Anexar documentos a la solicitud (para exenciones o reducciones de tasas).
– Modificación, durante el plazo de inscripción, de la solicitud registrada.
Los interesados deberán seguir los pasos e instrucciones que el portal del aspirante
les vaya indicando y podrán consultar el estado de su expediente en el apartado «Mis
Inscripciones».
Una vez finalizado el plazo de inscripción, la subsanación de la solicitud, en su caso,
durante el plazo otorgado a estos efectos, se realizará telemáticamente a través del
portal del aspirante y solamente permitirá adjuntar la documentación relacionada con la
causa de exclusión y que se requiere para legitimar la subsanación.
Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento
ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de
presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación sustitutoria, lo que, en
su caso, se publicará, en el propio portal del aspirante.
La solicitud de participación en el proceso selectivo lleva implícita la autorización
para que la División de Formación y Perfeccionamiento recabe, respecto de la persona
interesada, los antecedentes que de la misma puedan obrar en el Registro Central de
Penados; de la Dirección General de Tráfico del permiso de conducción requerido en la
convocatoria y fecha de expedición del mismo; sus datos del Sistema de Verificación de
Datos de Identidad; del Ministerio de Universidades, la consulta y verificación de sus
titulaciones universitarias; de las Comunidades Autónomas, sus datos de escolarización;
así como sus datos sobre matrículas universitarias obrantes en la Conferencia de
Rectores de la Universidades Españolas.
No obstante, sin perjuicio de firmar la instancia y en documento unido a la misma, se
podrá manifestar la voluntad expresa contraria a dicha autorización.
La solicitud solo producirá efectos una vez cumplimentada (modelo 790), firmada
electrónicamente y con el pago telemático realizado dentro del citado plazo.
cve: BOE-A-2024-17402
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 208
Miércoles 28 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 108613
ANEXO III
Solicitud de admisión y liquidación de las tasas de examen
1.
Procedimiento de inscripción
Con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, la presentación de solicitudes de admisión a las pruebas y el pago de las
tasas de derechos de examen se realizará por vía telemática a través del portal web de
la Policía Nacional.
La solicitud se presentará obligatoriamente por vía telemática a través del portal web
de la Policía Nacional (https://policia.es/): seleccionando portal del aspirante (Procesos
Selectivos)/ Policía Nacional Escala Básica y Escala Ejecutiva.
El modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas de ingreso en la
Policía Nacional y liquidación de la tasa de derechos de examen (( Modelo 790, código
de tasa 088), se encuentra a disposición de los interesados una vez cumplimentado en el
Portal del Aspirante/<
Para acceder a este procedimiento podrá utilizar cualquiera de los métodos de
identificación aceptados en la plataforma Cl@ve (DNIe/Certificado electrónico, Cl@ve
PIN, Cl@ve Permanente).
La presentación por esta vía permitirá:
– Autenticación mediante Cl@ve o DNI.
– Inscripción en línea en modelo oficial (obligatorio).
– Pago telemático de las tasas, si procede (obligatorio).
– Firma electrónica de la solicitud (obligatorio). La firma electrónica genera
automáticamente el registro electrónico de la solicitud.
– Anexar documentos a la solicitud (para exenciones o reducciones de tasas).
– Modificación, durante el plazo de inscripción, de la solicitud registrada.
Los interesados deberán seguir los pasos e instrucciones que el portal del aspirante
les vaya indicando y podrán consultar el estado de su expediente en el apartado «Mis
Inscripciones».
Una vez finalizado el plazo de inscripción, la subsanación de la solicitud, en su caso,
durante el plazo otorgado a estos efectos, se realizará telemáticamente a través del
portal del aspirante y solamente permitirá adjuntar la documentación relacionada con la
causa de exclusión y que se requiere para legitimar la subsanación.
Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento
ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de
presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación sustitutoria, lo que, en
su caso, se publicará, en el propio portal del aspirante.
La solicitud de participación en el proceso selectivo lleva implícita la autorización
para que la División de Formación y Perfeccionamiento recabe, respecto de la persona
interesada, los antecedentes que de la misma puedan obrar en el Registro Central de
Penados; de la Dirección General de Tráfico del permiso de conducción requerido en la
convocatoria y fecha de expedición del mismo; sus datos del Sistema de Verificación de
Datos de Identidad; del Ministerio de Universidades, la consulta y verificación de sus
titulaciones universitarias; de las Comunidades Autónomas, sus datos de escolarización;
así como sus datos sobre matrículas universitarias obrantes en la Conferencia de
Rectores de la Universidades Españolas.
No obstante, sin perjuicio de firmar la instancia y en documento unido a la misma, se
podrá manifestar la voluntad expresa contraria a dicha autorización.
La solicitud solo producirá efectos una vez cumplimentada (modelo 790), firmada
electrónicamente y con el pago telemático realizado dentro del citado plazo.
cve: BOE-A-2024-17402
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 208