III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-17468)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU, autorización administrativa previa de modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Helena Solar 5, de 41,24 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de La Torre de Esteban Hambrán (Toledo).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 108871
correspondientes proyectos de ejecución para instalación fotovoltaica Helena Solar 5,
de 41,24 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en el término
municipal La Torre de Esteban Hambrán en la provincia de Toledo.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid y en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en
Castilla-La Mancha, y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los artículos 127
y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Las Áreas de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid y de la
Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha han realizado la tramitación conjunta
relativa a los expedientes de autorización administrativa previa de modificaciones y
autorización administrativa de construcción de las plantas solares fotovoltaicas Helena
Solar 2, Helena Solar 3, Helena Solar 4, Helena Solar 5, Helena Solar 6, Helena Solar 8,
Helena Solar 9, Helena Solar 12, Helena Solar 13 y Helena Solar 14, así como sus
infraestructuras de evacuación asociadas.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición del Instituto
Geográfico Nacional, de la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha, del Ayuntamiento de
Méntrida, del Ayuntamiento de Maqueda, de la Dirección General de Planificación y
Evaluación de la Red Ferroviaria del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, del Ayuntamiento de Quismondo, de Nedgia, SA, de la Diputación Provincial de
Toledo, de la Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Vivienda,
Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid y de la Dirección General de
Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía Hacienda y Empleo de
la Comunidad de Madrid. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, que
expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Planificación Territorial y
Urbanismo de la Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha, de UFD Distribución
Electricidad, SA, de Telefónica de España, SAU, de i-DE Redes Eléctricas
Inteligentes, SAU, de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la
Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha, de la Confederación
Hidrográfica del Tajo, de Madrileña Red de Gas, SA, de la Demarcación de Carreteras del
Estado en Madrid del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y del Canal
Isabel II, en las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de
solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la
instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor
de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestación del Ayuntamiento de Navalcarnero, en las que se emite
informe condicionado, en el que se señala entre otros aspectos que el trazado en dos
zonas determinadas (Sector S-14 y PAU-4) será subterráneo y deberá discurrir
adecuándose al trazado de las redes y sistemas estructurantes, o viarios públicos con el
fin de no interferir en el planeamiento urbanístico de los sectores. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas. El
Ayuntamiento emite posterior contestación en la que se pone de manifiesto que, a la
vista de la documentación aportada por el promotor, se considera conforme el trazado y
se garantiza la compatibilidad del futuro desarrollo de la infraestructura a su paso por los
sectores de suelo urbanizable sectorizado Sector S-14 y PAU-4.
Se ha recibido informe de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de
Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid en el que se solicita
realizar un estudio de tráfico, se establece un condicionado técnico y, en su caso, la
necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el
cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las
cve: BOE-A-2024-17468
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Núm. 208
Miércoles 28 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 108871
correspondientes proyectos de ejecución para instalación fotovoltaica Helena Solar 5,
de 41,24 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en el término
municipal La Torre de Esteban Hambrán en la provincia de Toledo.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid y en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en
Castilla-La Mancha, y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los artículos 127
y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Las Áreas de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid y de la
Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha han realizado la tramitación conjunta
relativa a los expedientes de autorización administrativa previa de modificaciones y
autorización administrativa de construcción de las plantas solares fotovoltaicas Helena
Solar 2, Helena Solar 3, Helena Solar 4, Helena Solar 5, Helena Solar 6, Helena Solar 8,
Helena Solar 9, Helena Solar 12, Helena Solar 13 y Helena Solar 14, así como sus
infraestructuras de evacuación asociadas.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición del Instituto
Geográfico Nacional, de la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha, del Ayuntamiento de
Méntrida, del Ayuntamiento de Maqueda, de la Dirección General de Planificación y
Evaluación de la Red Ferroviaria del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, del Ayuntamiento de Quismondo, de Nedgia, SA, de la Diputación Provincial de
Toledo, de la Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Vivienda,
Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid y de la Dirección General de
Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía Hacienda y Empleo de
la Comunidad de Madrid. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, que
expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Planificación Territorial y
Urbanismo de la Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha, de UFD Distribución
Electricidad, SA, de Telefónica de España, SAU, de i-DE Redes Eléctricas
Inteligentes, SAU, de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la
Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha, de la Confederación
Hidrográfica del Tajo, de Madrileña Red de Gas, SA, de la Demarcación de Carreteras del
Estado en Madrid del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y del Canal
Isabel II, en las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de
solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la
instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor
de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestación del Ayuntamiento de Navalcarnero, en las que se emite
informe condicionado, en el que se señala entre otros aspectos que el trazado en dos
zonas determinadas (Sector S-14 y PAU-4) será subterráneo y deberá discurrir
adecuándose al trazado de las redes y sistemas estructurantes, o viarios públicos con el
fin de no interferir en el planeamiento urbanístico de los sectores. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas. El
Ayuntamiento emite posterior contestación en la que se pone de manifiesto que, a la
vista de la documentación aportada por el promotor, se considera conforme el trazado y
se garantiza la compatibilidad del futuro desarrollo de la infraestructura a su paso por los
sectores de suelo urbanizable sectorizado Sector S-14 y PAU-4.
Se ha recibido informe de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de
Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid en el que se solicita
realizar un estudio de tráfico, se establece un condicionado técnico y, en su caso, la
necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el
cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las
cve: BOE-A-2024-17468
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Núm. 208