III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-17461)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Mitra Alfa, SLU, autorización administrativa previa de modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica "FV Sancho", de 137,28 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de San Roque y Castellar de la Frontera (Cádiz).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 108772
● Adecuación de las infraestructuras proyectadas a los hábitats de interés
comunitarios prioritarios detectados en el Estudio Botánico.
● Adecuación de las infraestructuras proyectadas al Estudio Informativo de clave
EI-1-CA-12 «Autovía del Mediterráneo A-7. Variante de trazado. Tramo: Algeciras-San
Roque», incluyendo las limitaciones impuestas en la Ley de Carreteras, así como en el
Reglamento General de Carreteras, tal y como requería la Demarcación Carreteras
Andalucía Occidental.
● Adecuación de las infraestructuras a la presencia de hallazgos arqueológicos.
● Modificaciones en las características técnicas de ciertos equipos, justificada por la
mejora tecnológica.
– En relación con la SET Sancho:
● La infraestructura se ha integrado dentro de la implantación de la planta
fotovoltaica Sancho de forma que se aleja del Arroyo de Madrevieja y del Parque Natural
de los Alcornocales, tal y como solicitaba el Ayuntamiento de San Roque, a la vez que se
reduce la fragmentación del territorio.
● Modificaciones en la infraestructura de la SET Sancho para optimizarla ajustándola
a la pérdida de potencia de la planta fotovoltaica.
– En relación con la línea de evacuación SET Sancho-SET Guadarranque:
● El trazado de la línea se ha modificado a su paso por el Término Municipal de
Castellar de la Frontera, soterrándolo, para evitar discurrir por el suelo catalogado como
suelo urbanizable sectorizado, en coordinación con el propio Ayuntamiento de Castellar
de la Frontera, según solicitaba dicho Ayuntamiento.
● El trazado de la línea se ha modificado desde la Subestación Castellar, propiedad
de Red Eléctrica, hasta el entorno de la Subestación Pinar del Rey, para compartir
apoyos con la infraestructura de evacuación del proyecto fotovoltaico de Ronda I, Ronda
II y Ronda III (expediente SGEE/PFot-749AC). Esta parte del trazado ha pasado de ser
una línea de simple circuito a una de doble circuito. De esta forma, se eliminaría una
infraestructura proyectada en la zona, siendo una de las alternativas solicitadas por la
Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático, con relación al Medio
Natural y sobre las alternativas de la línea aérea de evacuación.
● El trazado de la línea desde el entorno de la Subestación Pinar del Rey, propiedad
de Red Eléctrica, hasta la SET Sancho se ha modificado para que el mismo pasase a
soterrado siguiendo caminos y cortafuegos de la zona, consensuado con la dirección del
Parque Natural de los Alcornocales, cumpliendo con lo solicitado por la Dirección
General de Calidad Ambiental y Cambio Climático.
De conformidad con lo dispuesto en la citada resolución de autorización
administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes
al proyecto establecidos en la Resolución de 17 de enero de 2023 de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable
para el proyecto (en adelante, DIA), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 26,
de 31 de enero de 2023, para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a
cabo, en particular y entre otras, las siguientes modificaciones:
– El promotor deberá modificar el proyecto para eliminar el recinto sur de la
implantación, debido a las importantes afecciones detectadas sobre la vegetación y los
HIC (condición al proyecto 1.i.1).
– En cuanto a la línea de evacuación, se ajustará la ubicación de los postes 3 y 4
hacia zonas con menor densidad de vegetación; se desplazaría el poste 3 a 9 m al
noroeste y, el 4, unos 33 m al oeste, y se ajustará la ubicación de los apoyos 5, 6 y 14 de
tal modo que se evite la incidencia permanente sobre los HIC que originan (condición al
proyecto 1.ii.6).
cve: BOE-A-2024-17461
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 208
Miércoles 28 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 108772
● Adecuación de las infraestructuras proyectadas a los hábitats de interés
comunitarios prioritarios detectados en el Estudio Botánico.
● Adecuación de las infraestructuras proyectadas al Estudio Informativo de clave
EI-1-CA-12 «Autovía del Mediterráneo A-7. Variante de trazado. Tramo: Algeciras-San
Roque», incluyendo las limitaciones impuestas en la Ley de Carreteras, así como en el
Reglamento General de Carreteras, tal y como requería la Demarcación Carreteras
Andalucía Occidental.
● Adecuación de las infraestructuras a la presencia de hallazgos arqueológicos.
● Modificaciones en las características técnicas de ciertos equipos, justificada por la
mejora tecnológica.
– En relación con la SET Sancho:
● La infraestructura se ha integrado dentro de la implantación de la planta
fotovoltaica Sancho de forma que se aleja del Arroyo de Madrevieja y del Parque Natural
de los Alcornocales, tal y como solicitaba el Ayuntamiento de San Roque, a la vez que se
reduce la fragmentación del territorio.
● Modificaciones en la infraestructura de la SET Sancho para optimizarla ajustándola
a la pérdida de potencia de la planta fotovoltaica.
– En relación con la línea de evacuación SET Sancho-SET Guadarranque:
● El trazado de la línea se ha modificado a su paso por el Término Municipal de
Castellar de la Frontera, soterrándolo, para evitar discurrir por el suelo catalogado como
suelo urbanizable sectorizado, en coordinación con el propio Ayuntamiento de Castellar
de la Frontera, según solicitaba dicho Ayuntamiento.
● El trazado de la línea se ha modificado desde la Subestación Castellar, propiedad
de Red Eléctrica, hasta el entorno de la Subestación Pinar del Rey, para compartir
apoyos con la infraestructura de evacuación del proyecto fotovoltaico de Ronda I, Ronda
II y Ronda III (expediente SGEE/PFot-749AC). Esta parte del trazado ha pasado de ser
una línea de simple circuito a una de doble circuito. De esta forma, se eliminaría una
infraestructura proyectada en la zona, siendo una de las alternativas solicitadas por la
Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático, con relación al Medio
Natural y sobre las alternativas de la línea aérea de evacuación.
● El trazado de la línea desde el entorno de la Subestación Pinar del Rey, propiedad
de Red Eléctrica, hasta la SET Sancho se ha modificado para que el mismo pasase a
soterrado siguiendo caminos y cortafuegos de la zona, consensuado con la dirección del
Parque Natural de los Alcornocales, cumpliendo con lo solicitado por la Dirección
General de Calidad Ambiental y Cambio Climático.
De conformidad con lo dispuesto en la citada resolución de autorización
administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes
al proyecto establecidos en la Resolución de 17 de enero de 2023 de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable
para el proyecto (en adelante, DIA), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 26,
de 31 de enero de 2023, para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a
cabo, en particular y entre otras, las siguientes modificaciones:
– El promotor deberá modificar el proyecto para eliminar el recinto sur de la
implantación, debido a las importantes afecciones detectadas sobre la vegetación y los
HIC (condición al proyecto 1.i.1).
– En cuanto a la línea de evacuación, se ajustará la ubicación de los postes 3 y 4
hacia zonas con menor densidad de vegetación; se desplazaría el poste 3 a 9 m al
noroeste y, el 4, unos 33 m al oeste, y se ajustará la ubicación de los apoyos 5, 6 y 14 de
tal modo que se evite la incidencia permanente sobre los HIC que originan (condición al
proyecto 1.ii.6).
cve: BOE-A-2024-17461
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 208