III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-17318)
Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la ampliación, con dos nuevas posiciones, de la subestación Almazán 400 kV, en Coscurita (Soria).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 206
Lunes 26 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 107979
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la ampliación, con dos nuevas posiciones, de la
subestación Almazán 400 kV, en Coscurita (Soria).
Red Eléctrica de España, SAU, en adelante Red Eléctrica, solicitó con fecha 27 de
junio de 2023, autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la ampliación, con dos nuevas posiciones, de la subestación
Almazán 400 kV, situada en el término municipal de Coscurita, en la provincia de Soria.
La ampliación de la subestación consiste en la instalación de una nueva posición de
interruptor de salida, dedicada a la futura conexión con la subestación Coscurita 220 kV,
denominada nueva subestación Almazán 220 kV en la Planificación Vinculante, y una
nueva posición de interruptor central.
Red Eléctrica suscribió declaración responsable que acredita el cumplimiento de la
normativa que le es de aplicación, según se establece en el artículo 53.1 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
El expediente fue incoado en el Área Funcional de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Soria y se tramitó de conformidad con lo previsto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con las disposiciones adicionales duodécima,
segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de
concesión de obras públicas, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las
distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de
interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su
cargo.
El Servicio Territorial de Movilidad y Transformación en Soria de la Junta de Castilla y
León emitió informe en el que se establece condicionado en materia urbanística.
Trasladado este escrito al promotor este manifestó que, en relación con la obtención de
licencias urbanísticas municipales, se estará de acuerdo a lo dispuesto en las
disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de
mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas.
Preguntado el Ayuntamiento de Coscurita, no se recibió contestación por su parte,
por lo que se entiende la conformidad de este en virtud de lo dispuesto en los
artículos 127 y 131 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Anuncio
del Área Funcional de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Soria
del 14 de julio de 2023, hecho público en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 172, de 20
de julio de 2023, en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria núm. 82 de fecha 21 de
julio de 2023 y en el tablón de anuncios y la página web del Ayuntamiento Coscurita. No
se han recibido alegaciones al trámite de información pública.
El Área Funcional de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Soria
emitió informe en relación con la solicitud de autorización administrativa previa y
autorización administrativa de construcción del proyecto presentado.
cve: BOE-A-2024-17318
Verificable en https://www.boe.es
17318
Núm. 206
Lunes 26 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 107979
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la ampliación, con dos nuevas posiciones, de la
subestación Almazán 400 kV, en Coscurita (Soria).
Red Eléctrica de España, SAU, en adelante Red Eléctrica, solicitó con fecha 27 de
junio de 2023, autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la ampliación, con dos nuevas posiciones, de la subestación
Almazán 400 kV, situada en el término municipal de Coscurita, en la provincia de Soria.
La ampliación de la subestación consiste en la instalación de una nueva posición de
interruptor de salida, dedicada a la futura conexión con la subestación Coscurita 220 kV,
denominada nueva subestación Almazán 220 kV en la Planificación Vinculante, y una
nueva posición de interruptor central.
Red Eléctrica suscribió declaración responsable que acredita el cumplimiento de la
normativa que le es de aplicación, según se establece en el artículo 53.1 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
El expediente fue incoado en el Área Funcional de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Soria y se tramitó de conformidad con lo previsto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con las disposiciones adicionales duodécima,
segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de
concesión de obras públicas, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las
distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de
interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su
cargo.
El Servicio Territorial de Movilidad y Transformación en Soria de la Junta de Castilla y
León emitió informe en el que se establece condicionado en materia urbanística.
Trasladado este escrito al promotor este manifestó que, en relación con la obtención de
licencias urbanísticas municipales, se estará de acuerdo a lo dispuesto en las
disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de
mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas.
Preguntado el Ayuntamiento de Coscurita, no se recibió contestación por su parte,
por lo que se entiende la conformidad de este en virtud de lo dispuesto en los
artículos 127 y 131 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Anuncio
del Área Funcional de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Soria
del 14 de julio de 2023, hecho público en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 172, de 20
de julio de 2023, en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria núm. 82 de fecha 21 de
julio de 2023 y en el tablón de anuncios y la página web del Ayuntamiento Coscurita. No
se han recibido alegaciones al trámite de información pública.
El Área Funcional de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Soria
emitió informe en relación con la solicitud de autorización administrativa previa y
autorización administrativa de construcción del proyecto presentado.
cve: BOE-A-2024-17318
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