V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. (BOE-B-2024-30037)
Extracto de la Resolución de 22 de agosto de 2024 de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P por la que se modifica la convocatoria de las ayudas destinadas a la contratación de Servicios de Asesoramiento para la Transformación Digital, para ampliar la cuantía fijada inicialmente en la convocatoria para el "Segmento A: Empresas entre 10 y menos de 50 empleados"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 205
Sábado 24 de agosto de 2024
Sec. V-B. Pág. 46597
Recuperación y Resiliencia, en cuyo artículo 9 se indica que la ayuda concedida en
el marco del Mecanismo se sumará a la proporcionada con arreglo a otros
programas e instrumentos de la Unión, y que las reformas y los proyectos de
inversión podrán recibir ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión
Europea siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste. Asimismo, será de
aplicación el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se
aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. El presupuesto contemplado en el punto anterior, por importe de ciento
sesentamillones de euros (160.000.000 €), se distribuirá entre los segmentos A, B
y C de la siguiente forma:
Segmento A, Empresas entre 10 y menos de 50 empleados: 50.000.000 €
Segmento B, Empresas entre 50 y menos de 100 empleados: 60.000.000 €
Segmento C, Empresas entre 100 y menos de 250 empleados: 50.000.000 €
En el caso de que algún segmento no agote el crédito destinado a las ayudas a
fecha de la finalización del plazo presentación de solicitudes, el órgano concedente
podrá distribuir el importe resultante entre los restantes segmentos publicando la
distribución definitiva de créditos, que se realizará de manera proporcional a las
solicitudes recibidas en cada segmento que hubiera agotado el crédito, teniendo
en cuenta el importe del "bono de asesoramiento digital" de estos segmentos, sin
que esto implique la apertura de un nuevo plazo para presentar solicitudes, ni el
inicio de un nuevo cómputo del plazo para resolver.
Madrid, 22 de agosto de 2024.- Por delegación de la Presidenta de la Entidad
Pública Red.es, según Resolución 10 de noviembre de 2020, el Director General
de la Entidad Pública Red.es, Jesús Herrero Poza.
cve: BOE-B-2024-30037
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240038167-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 205
Sábado 24 de agosto de 2024
Sec. V-B. Pág. 46597
Recuperación y Resiliencia, en cuyo artículo 9 se indica que la ayuda concedida en
el marco del Mecanismo se sumará a la proporcionada con arreglo a otros
programas e instrumentos de la Unión, y que las reformas y los proyectos de
inversión podrán recibir ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión
Europea siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste. Asimismo, será de
aplicación el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se
aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. El presupuesto contemplado en el punto anterior, por importe de ciento
sesentamillones de euros (160.000.000 €), se distribuirá entre los segmentos A, B
y C de la siguiente forma:
Segmento A, Empresas entre 10 y menos de 50 empleados: 50.000.000 €
Segmento B, Empresas entre 50 y menos de 100 empleados: 60.000.000 €
Segmento C, Empresas entre 100 y menos de 250 empleados: 50.000.000 €
En el caso de que algún segmento no agote el crédito destinado a las ayudas a
fecha de la finalización del plazo presentación de solicitudes, el órgano concedente
podrá distribuir el importe resultante entre los restantes segmentos publicando la
distribución definitiva de créditos, que se realizará de manera proporcional a las
solicitudes recibidas en cada segmento que hubiera agotado el crédito, teniendo
en cuenta el importe del "bono de asesoramiento digital" de estos segmentos, sin
que esto implique la apertura de un nuevo plazo para presentar solicitudes, ni el
inicio de un nuevo cómputo del plazo para resolver.
Madrid, 22 de agosto de 2024.- Por delegación de la Presidenta de la Entidad
Pública Red.es, según Resolución 10 de noviembre de 2020, el Director General
de la Entidad Pública Red.es, Jesús Herrero Poza.
cve: BOE-B-2024-30037
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240038167-1
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