II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2024-17246)
Orden SND/888/2024, de 14 de agosto, por la que se aprueba la oferta de plazas y la convocatoria de pruebas selectivas 2024 para el acceso en el año 2025 a plazas de formación sanitaria especializada para las titulaciones universitarias de grado/licenciatura/diplomatura de Medicina, Farmacia, Enfermería y del ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 204

Viernes 23 de agosto de 2024

Sec. II.B. Pág. 107264

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE SANIDAD
Orden SND/888/2024, de 14 de agosto, por la que se aprueba la oferta de
plazas y la convocatoria de pruebas selectivas 2024 para el acceso en el año
2025 a plazas de formación sanitaria especializada para las titulaciones
universitarias de grado/licenciatura/diplomatura de Medicina, Farmacia,
Enfermería y del ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física.

La Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, de acuerdo con
lo previsto en el artículo 22.5 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de
las profesiones sanitarias, ha fijado la oferta de plazas a incluir en la convocatoria de
pruebas selectivas 2024 para iniciar la formación sanitaria especializada en el año 2025,
atendiendo a las propuestas realizadas por las comunidades autónomas y previo informe
de la Comisión Delegada de Enfermería, del Consejo Nacional de Especialidades en
Ciencias de la Salud y del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
Revisada la oferta y de conformidad con lo previsto en el artículo 22.6 de la
Ley 44/2003, de 21 de noviembre, se procede a la aprobación de la misma y de las
bases de la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a plazas de formación
sanitaria especializada a las personas con grado/licenciatura/diplomatura de Medicina,
Farmacia, Enfermería y del ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física.
Para la aprobación de la presente orden se ha tenido en cuenta, sin perjuicio de las
peculiaridades que en cada caso correspondan en la normativa vigente, además de lo
dispuesto en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre; el Real Decreto 589/2022, de 19 de
julio, por el que se regulan la formación transversal de las especialidades en Ciencias de
la Salud, el procedimiento y criterios para la propuesta de un nuevo título de especialista
en Ciencias de la Salud o diploma de área de capacitación específica, y la revisión de los
establecidos, y el acceso y la formación de las áreas de capacitación específica; y se
establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de
formación en especialidades en Ciencias de la Salud y el Real Decreto 183/2008, de 8
de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la
Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria
especializada; así como el Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades
de Enfermería; y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y su
normativa de desarrollo.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 44/2003, de 21 de
noviembre, se establece que las personas que participen en las pruebas selectivas de
Formación Sanitaria Especializada se relacionen obligatoriamente con la Administración
a través de medios electrónicos, en los supuestos que establece esta orden.
La presente orden ha sido informada por la Comisión de Recursos Humanos del
Sistema Nacional de Salud y por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
De conformidad con lo previsto en artículo 6 del Real Decreto 718/2024, de 23 de
julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad,
corresponde a la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional del
Ministerio de Sanidad asumir las competencias de gestión de la formación especializada,
incluyendo la ordenación y gestión de las pruebas selectivas que se convocan mediante
esta orden, en los términos que se especifican en sus bases.

cve: BOE-A-2024-17246
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