II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE CULTURA. Destinos. (BOE-A-2024-17245)
Orden CLT/887/2024, de 13 de agosto, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Orden CLT/777/2024, de 22 de julio, en el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 204

Viernes 23 de agosto de 2024

Sec. II.A. Pág. 107262

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE CULTURA
17245

Orden CLT/887/2024, de 13 de agosto, por la que se resuelve la convocatoria
de libre designación, efectuada por Orden CLT/777/2024, de 22 de julio, en el
Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.

Por Orden CLT/777/2024, de 22 de julio de 2024 («Boletín Oficial del Estado» de 26
de julio de 2024), se anunció convocatoria para la provisión de un puesto de trabajo por
el sistema de libre designación en el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la
Música.
De acuerdo con los artículos 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, 52 del Reglamento General de Ingreso de
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del
Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, 127 del Real Decretoley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio
público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, y la Orden
TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los
procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las
herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023,
de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia,
función pública, régimen local y mecenazgo, así como el cumplimiento por parte del
candidato elegido de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y la
idoneidad para el desempeño del puesto,
Esta Subsecretaría acuerda:
Primero.
Resolver la referida convocatoria en los términos que se señalan en el anexo.
Segundo.
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el
artículo 48, al que remite el 57 del Real Decreto 364/1995 antes citado.

Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día
siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que lo ha dictado, de conformidad
con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o recurso
Contencioso‐Administrativo en el plazo de dos meses a partir de su notificación, ante los
Juzgados Centrales de lo Contencioso‐administrativo de conformidad con lo establecido

cve: BOE-A-2024-17245
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Tercero.