V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. (BOE-B-2024-29898)
Extracto de la Resolución de 7 de agosto de 2024, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática por la que se convocan para el año 2024 subvenciones destinadas a actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 204

Viernes 23 de agosto de 2024

Sec. V-B. Pág. 46428

Orden PCM/725/2020, de 27 de julio, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a actividades
relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la
Guerra Civil y de la Dictadura, publicada en el BOE núm. 205, de 29 de julio de
2020, páginas 59910 a 59922 (13 págs.), modificada por la Orden PCM/853/2023,
de 21 de julio BOE núm 75 de 24 de julio de 2023, páginas 107.862 a 107.866 (5
págs.)
Cuarto. Cuantía.
El importe total de las ayudas convocadas asciende a 895.000 euros, con
cargo a las aplicaciones presupuestarias 22.03.925M.480, 22.03.000X.432.09
22.03.925M.442 y 22.03.925M.452 del presupuesto de gastos del Ministerio de
Política Territorial y Memoria Democrática para el año 2024. Se imputará al
presente ejercicio, el 75% del importe total (671.250 euros) y al ejercicio 2025 el
25% restante (223.750 euros).
Las cuantías máximas previstas para las ayudas, atendiendo al tipo de
proyecto o iniciativa, serán las señaladas a continuación:
Hasta 12.000 euros para la realización de estudios e investigaciones relativos a
la recuperación de la Memoria democrática, así como al reconocimiento moral de
las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura.
Hasta 5.000 euros para publicaciones, así como para la organización de
cursos, jornadas, conferencias, exposiciones y demás eventos de tipo científico y/o
divulgativo sobre la Memoria Democrática.
Hasta 10.000 euros para actividades de recopilación, conservación, estudio y
difusión del patrimonio documental escrito, oral, audiovisual (fotografías, carteles,
grabaciones sonoras, películas...) o intelectual (manifestaciones artísticas,
musicales, literarias...) de la Guerra Civil y/o de la Dictadura.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes deberán presentarse a través del siguiente apartado de la Sede
Electrónica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, en el
apartado "Convocatoria año 2024: Subvención de concurrencia competitiva
actividades Memoria Democrática":
https://sede.administracionespublicas.gob.es/procedimientos/portada/ida/0/idp/
522
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días contados a partir
del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del
Estado.

Contra la Resolución de la convocatoria, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que la ha
dictado, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y
124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, podrá interponerse recurso
Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo
Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, computándose ambos plazos
desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

cve: BOE-B-2024-29898
Verificable en https://www.boe.es

Sexto. Recurso.