III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-17147)
Resolución de 7 de agosto de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, sobre cooperación estadística e intercambio de información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 201

Martes 20 de agosto de 2024
Undécima.

Sec. III. Pág. 106853

Incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos.

En caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por una de las Partes, la
otra Parte podrá notificar a la incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo
de quince días las obligaciones y/o compromisos que se consideren incumplidos. Este
requerimiento será comunicado a la Comisión de seguimiento del convenio. Si
transcurrido este plazo persistiera el incumplimiento, la Parte que lo dirigió notificará a la
otra Parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
Duodécima.

Régimen jurídico y jurisdicción aplicables.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en
las cláusulas del mismo y el título preliminar, capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre de Régimen Jurídico del sector Publico, las restantes normas administrativas
que le sean de aplicación y los principios generales del Derecho.
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente convenio serán
resueltas en el seno de la Comisión de seguimiento y en el caso de que no fuera posible,
será el orden jurisdiccional contencioso-administrativo el competente para resolver las
cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las Partes, de conformidad con la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.

cve: BOE-A-2024-17147
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio de forma electrónica y a un
solo efecto, tomándose como fecha de firma la del último firmante, es decir el 6 de
agosto de 2024.–La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. Orden 17 de
abril de 2024 (BOCM de 7 de mayo de 2024), el Viceconsejero de Economía y Empleo,
Daniel Rodríguez Asensio.–El Director General de Planificación Estadística y Procesos,
por Delegación de la Presidenta del organismo, Resolución de 8 de marzo de 2024 de la
Presidencia del INE (BOE de 20 de marzo), Carlos J. Ballano Fernández.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X