II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-17065)
Resolución de 29 de julio de 2024, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convoca concurso para la provisión de plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de agosto de 2024

Sec. II.B. Pág. 106605

– Ponencias y comunicaciones a congresos.
– Dirección y participación en proyectos competitivos de investigación.
– Dirección y participación en otros proyectos y contratos de investigación.
– Dirección de tesis doctorales y de otros trabajos de investigación.
– Patentes y productos con registro de propiedad intelectual, transferencia de
conocimiento al sector productivo, creación de entidades o empresas basadas en el
conocimiento, etc.
– Estancias en centros de investigación de más de un mes.
– Colaboraciones internacionales.
– Otros méritos relacionados con la actividad investigadora y de transferencia (La
puntuación máxima de este apartado no podrá superar el 10 % de la asignada al criterio
general).
3. Criterio General: Experiencia en gestión y administración educativa, científica y
tecnológica; actividad profesional. La puntuación máxima que se puede obtener en este
criterio es de 10 puntos.
Se tendrán en cuenta los siguientes méritos:
– Desempeño de cargos de responsabilidad en gestión universitaria pública
recogidos en los estatutos de las universidades, o que hayan sido asimilados, u
organismos públicos de investigación durante al menos un año.
– Desempeño de puestos en el entorno educativo, científico o tecnológico dentro de
las Administraciones Públicas durante al menos un año.
– Experiencia profesional fuera del ámbito universitario.
– Otros méritos relacionados con la experiencia en gestión y administración
educativa, científica y tecnológica. (La puntuación máxima de este apartado no podrá
superar el 10 % de la asignada al criterio general).
4. Medidas de acción positiva que garanticen la aplicación de criterios de equidad y
de igualdad de oportunidades en los procesos de selección del profesorado: La
puntuación máxima 5 puntos.
Se tendrán en cuenta los siguientes méritos:
– Permiso por nacimiento de hijo u otros permisos de igual naturaleza y fines
(adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento) durante el ejercicio de su
actividad docente e investigadora en universidades o centros de investigación: 1 punto
por cada 4 semanas.
– Excedencia por el cuidado de hijos/as o familiares en primer grado dependientes
que estén a su cargo; por razón de violencia de género y por razón de violencia terrorista
previstas en el artículo 89.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público durante el ejercicio de su actividad docente e investigadora en
universidades o centros de investigación: 1 punto por cada 4 semanas.
– Situaciones de baja por incapacidad temporal por larga enfermedad, iguales o
superiores a 4 meses durante el ejercicio de su actividad docente e investigadora en
universidades o centros de investigación: 1 punto por cada 4 semanas.
* La suma de las puntuaciones máximas de los criterios generales (1 al 3) debe ser 100.

Un mismo mérito sólo podrá ser evaluado en un único apartado.
ANEXO IV
Criterios de valoración de la prueba oral
– La capacidad de comunicación y argumentación manifestada en la exposición del
tema en las respuestas del debate.
– El valor científico y/o académico de la exposición realizada.

cve: BOE-A-2024-17065
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Núm. 200