II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-17065)
Resolución de 29 de julio de 2024, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convoca concurso para la provisión de plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 200

Lunes 19 de agosto de 2024

Sec. II.B. Pág. 106597

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

UNIVERSIDADES
17065

Resolución de 29 de julio de 2024, de la Universidad Complutense de Madrid,
por la que se convoca concurso para la provisión de plazas de cuerpos
docentes universitarios.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22
de marzo, del Sistema Universitario (en lo sucesivo LOSU), sobre concursos de
movilidad del profesorado; y a tenor de lo establecido en el artículo 87 de los Estatutos
de la Universidad Complutense de Madrid, aprobados por Decreto 32/2017, de 21 de
marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (en adelante EUCM) y en la
Regulación de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios, aprobada
por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de enero de 2024 (en adelante RCA-UCM),
Este Rectorado ha resuelto, de conformidad con lo acordado en el Consejo de
Gobierno en su sesión de 16 de julio de 2024, convocar concurso de movilidad para la
provisión de las plazas que se detallan en el anexo I de la presente resolución, con
sujeción a las siguientes
Bases
1.

Normas generales

Estos concursos se regirán por lo dispuesto en la LOSU y en la RCA-UCM; por el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y por las demás normas de
carácter general que resulten de aplicación.
2.

Requisitos de los/as candidatos/as

Para ser admitido a estos concursos es preciso reunir los siguientes requisitos, que
deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera:
Requisitos generales.

a) Nacionalidad. Ser español. No obstante, podrán participar en igualdad de
condiciones que los españoles los nacionales de los demás Estados miembros de la
Unión Europea y las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros
Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre
que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge
siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de
dicha edad dependientes.
En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso
selectivo, deberá acreditarse la nacionalidad, así como en su caso, el vínculo de
parentesco, y la dependencia.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
correspondientes a Profesor de Universidad.

cve: BOE-A-2024-17065
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