II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-17027)
Orden PJC/877/2024, de 5 de agosto, por la que se publica la relación de aspirantes que han aprobado el proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso oposición, convocado por Orden JUS/1319/2022, de 27 de diciembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 200
Lunes 19 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 106510
El certificado de penales será aportado de oficio por la Secretaría de Estado
de Justicia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 53.d) de la Ley del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las personas aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios públicos en
servicio activo únicamente estarán exentas de justificar aquellas condiciones y requisitos
ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación
del Ministerio u Organismo en el que presten sus servicios, acreditando su condición y
requisitos para ser nombrado funcionario del Cuerpo de Letrados de la Administración
de Justicia.
Tercero.
Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la
documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos establecidos, no podrán ser nombrados personal funcionario de carrera y
quedarán anuladas sus actuaciones, decayendo en sus derechos, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
En este último caso, o en el supuesto de renuncia de alguno de los aspirantes antes
de su nombramiento como personal funcionario de carrera, el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes requerirá al tribunal calificador único,
relación complementaria de personas aspirantes que, sigan en puntuación a los
propuestos hasta completar el total de plazas convocadas.
En este supuesto, las personas aspirantes incluidas en esta relación complementaria
deberán presentar la documentación acreditativa, que se detalla en esta misma base, en
un plazo no superior a cinco días hábiles, desde su publicación en la página web
del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Comprobado que todas las personas aspirantes, reúnen los requisitos de la base 3
de la orden de convocatoria, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes dictará orden que será publicada en la página web del Ministerio, así como en la
del Centro de Estudios Jurídicos, nombrando funcionarios en prácticas a las personas
que han superado el proceso, convocándoles para la realización del curso selectivo en
el Centro de Estudios Jurídicos.
Cuarto.
Las personas interesadas que deban presentar la anterior documentación, lo harán
junto con un escrito en el que figure: apellidos y nombre, número de documento nacional
de identidad, cuerpo al que acceden, número de orden obtenido en el concursooposición y teléfono de contacto, a fin de agilizar la identificación en la revisión de
documentos.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes, conforme
a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso
contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia, de conformidad con lo
establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el
plazo de dos meses. El plazo, en ambos casos, se contará a partir del día siguiente al de
la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 5 de agosto de 2024.–El Ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes, P. D. (Orden JUS/1305/2022, de 23 de diciembre), el Subdirector General
para la Innovación y Calidad de la Oficina Judicial y Fiscal, Javier Garrido Ramos.
cve: BOE-A-2024-17027
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Núm. 200
Lunes 19 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 106510
El certificado de penales será aportado de oficio por la Secretaría de Estado
de Justicia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 53.d) de la Ley del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las personas aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios públicos en
servicio activo únicamente estarán exentas de justificar aquellas condiciones y requisitos
ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación
del Ministerio u Organismo en el que presten sus servicios, acreditando su condición y
requisitos para ser nombrado funcionario del Cuerpo de Letrados de la Administración
de Justicia.
Tercero.
Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la
documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos establecidos, no podrán ser nombrados personal funcionario de carrera y
quedarán anuladas sus actuaciones, decayendo en sus derechos, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
En este último caso, o en el supuesto de renuncia de alguno de los aspirantes antes
de su nombramiento como personal funcionario de carrera, el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes requerirá al tribunal calificador único,
relación complementaria de personas aspirantes que, sigan en puntuación a los
propuestos hasta completar el total de plazas convocadas.
En este supuesto, las personas aspirantes incluidas en esta relación complementaria
deberán presentar la documentación acreditativa, que se detalla en esta misma base, en
un plazo no superior a cinco días hábiles, desde su publicación en la página web
del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Comprobado que todas las personas aspirantes, reúnen los requisitos de la base 3
de la orden de convocatoria, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes dictará orden que será publicada en la página web del Ministerio, así como en la
del Centro de Estudios Jurídicos, nombrando funcionarios en prácticas a las personas
que han superado el proceso, convocándoles para la realización del curso selectivo en
el Centro de Estudios Jurídicos.
Cuarto.
Las personas interesadas que deban presentar la anterior documentación, lo harán
junto con un escrito en el que figure: apellidos y nombre, número de documento nacional
de identidad, cuerpo al que acceden, número de orden obtenido en el concursooposición y teléfono de contacto, a fin de agilizar la identificación en la revisión de
documentos.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes, conforme
a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso
contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia, de conformidad con lo
establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el
plazo de dos meses. El plazo, en ambos casos, se contará a partir del día siguiente al de
la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 5 de agosto de 2024.–El Ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes, P. D. (Orden JUS/1305/2022, de 23 de diciembre), el Subdirector General
para la Innovación y Calidad de la Oficina Judicial y Fiscal, Javier Garrido Ramos.
cve: BOE-A-2024-17027
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Quinto.