III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-17017)
Resolución de 6 de agosto de 2024, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con el Grupo Empresarial Enhol, SL, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 199

Sábado 17 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 106456

Anexo formalización de prácticas
Dorso. Ejemplar para el estudiante.
Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas (Art. 9 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio por el que se regulan las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios).

1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán los siguientes derechos:
a) A la tutela durante la práctica por un profesor de la UIMP y por un profesional que preste servicios en Grupo Empresarial
Enhol, SL.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la UIMP.
c) A la obtención de un informe por parte de Grupo Empresarial Enhol, SL, con mención expresa de la actividad desarrollada,
su duración y en su caso su rendimiento.
d) A percibir, en los casos en que así se estipule en el presente anexo, la aportación económica de Grupo Empresarial Enhol, SL
en concepto de bolsa o ayuda al estudio.
e) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la legislación reguladora de la materia.
f) A recibir por parte de Grupo Empresarial Enhol, SL información de la normativa de seguridad y prevención de riesgos
laborales.
g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación, previa comunicación con antelación
suficiente a Grupo Empresarial Enhol, SL.
h) A disponer, en caso de estudiante con discapacidad, de los recursos necesarios para el acceso a la tutela, a la información,
a la evaluación y al propio desempeño de las prácticas en igualdad de condiciones.
i) A conciliar, en el caso de estudiante con discapacidad, la realización de las prácticas con aquellas actividades y situaciones
personales derivadas o conectadas con la situación de discapacidad.
j) Aquellos otros previstos en la normativa vigente.

2. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán los siguientes deberes:

c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)

Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la UIMP.
Conocer y cumplir el proyecto formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del tutor asignado por Grupo Empresarial
Enhol, SL bajo la supervisión del tutor académico de la UIMP.
Mantener contacto con el tutor académico de la UIMP durante el desarrollo de la práctica y comunicarle cualquier incidencia
que pueda surgir, así como entregarle los documentos e informes de seguimiento intermedio que le puedan ser requeridos,
y, en todo caso, la memoria final.
En caso de renuncia a las prácticas, el estudiante deberá comunicarlo por escrito de forma motivada al tutor académico de
la UIMP y a la UIMP.
Incorporarse a Grupo Empresarial Enhol, SL en la fecha acordada, cumplir el horario previsto y respetar sus normas de
funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales.
Desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con Grupo Empresarial Enhol, SL
conforme a las líneas establecidas en el mismo.
Elaboración de la memoria final de las prácticas y, en su caso, del informe intermedio.
Guardar confidencialidad en relación con la información interna de Grupo Empresarial Enhol, SL y guardar secreto profesional
sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.
Mostrar en todo momento una actitud respetuosa hacia la política de Grupo Empresarial Enhol, SL, salvaguardando el buen
nombre de la UIMP.
Cualquier otro previsto en la normativa vigente.

cve: BOE-A-2024-17017
Verificable en https://www.boe.es

a)
b)