III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-17010)
Resolución de 23 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Mauricio Solar, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Mauricio Solar, de 50,01 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Chinchón y Morata de Tajuña (Madrid), y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 199

Sábado 17 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 106383

○ Tramo 4 (aéreo): Desde el apoyo 33 BIS al apoyo 39. Longitud: 0,936 km.
□ Circuito 1:






Tensión: 132 kV.
N.º de conductores: 1.
Tipo de conductor: LA-380 (GULL).
Cable de tierra: OPGW 64k78 (7540).
Número de apoyos: 7.

□ Circuito 2:






Tensión: 220 kV.
N.º de conductores: 2.
Tipo de conductor: LA-545 (CARDINAL).
Cable de tierra: OPGW 64k78 (7540).
Número de apoyos: 7.

○ Tramo 5 (aéreo): Desde el apoyo 39 al pórtico de la subestación transformadora
Morata Renovables 30/132/220 kV. Longitud: 0,0472 km.
□ Circuito 1:






Tensión: 132 kV.
N.º de conductores: 1.
Tipo de conductor: LA-380 (GULL).
Cable de tierra: OPGW 64k78 (7540).
Número de apoyos: –.

El resto de la infraestructura de evacuación, hasta la conexión con la red de
transporte, queda fuera del alcance de la presente resolución, siendo objeto de otro
expediente (SGEE/PFot-259 Recova Solar), que ha obtenido, a su vez, autorización
administrativa de construcción de la infraestructura de evacuación pertinente.
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así
como las condiciones impuestas en la citada Declaración de Impacto Ambiental de la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Asimismo, deberá cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación que
establezca el Operador del Sistema.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y
autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten
aplicables, en especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así
como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la
ejecución de la obra.
Para las modificaciones al proyecto que se debieran presentar, será de aplicación lo
establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza con la
relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados presentados por
el promotor y publicada el 27 de junio de 2023 en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid y el 19 de junio de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado», a los efectos previstos
en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a que
sea otorgada la oportuna autorización por los organismos a los que se ha solicitado el
condicionado técnico procedente, para el establecimiento, paso u ocupación de la
instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del

cve: BOE-A-2024-17010
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Tercero.