III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2024-16990)
Orden APA/870/2024, de 8 de agosto, por la que se modifica la Orden APA/111/2024, de 8 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de investigación aplicada en el sector apícola y sus productos, dentro de la Intervención Sectorial Apícola, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 198

Viernes 16 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 106282

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
16990

Orden APA/870/2024, de 8 de agosto, por la que se modifica la Orden
APA/111/2024, de 8 de febrero, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de
proyectos de investigación aplicada en el sector apícola y sus productos,
dentro de la Intervención Sectorial Apícola, en el marco del Plan Estratégico
de la Política Agrícola Común.

La Orden APA/111/2024, de 8 de febrero, tiene por objeto establecer las bases
reguladoras de las subvenciones destinadas a la colaboración con organismos
especializados con vistas a la aplicación de programas de investigación en el sector de la
apicultura y los productos apícolas, a través de la financiación de proyectos de
investigación aplicada en dicho el sector apícola y sus productos, en desarrollo de las
medidas de cooperación con organismos especializados para la creación de programas de
investigación aplicada en dicho sector, en el marco de su normativa específica, en
concordancia con las disposiciones establecidas para esta intervención contenidas en el
artículo 3.1.e) y 4.1.c) del Real Decreto 906/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la
Intervención Sectorial Apícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola
Común, que se corresponde con el tipo de intervención COOPAPI(55(1)e)) – colaboración
con organismos especializados con vistas a la aplicación de programas de investigación
aplicada en el sector de la apicultura en los productos apícolas, con código 1IS551805V1
del Plan estratégico de la PAC.
La finalidad última de las presentes ayudas es mejorar las condiciones generales de
producción y comercialización de los productos apícolas en nuestro país, a través de la
consecución de dicha intervención en el sector.
Durante la puesta en práctica de su primera convocatoria se ha advertido la
insuficiencia del plazo otorgado por el artículo 13 a los interesados para solicitar el pago,
por cuanto un eventual retraso en otras fases de la tramitación haría inviable su solicitud
en plazo, con el riesgo de pérdida de la subvención.
Por este motivo, se hace necesario incorporar una mínima precisión que permita a la
convocatoria ampliar ese plazo cuando sea necesario conforme a las necesidades de la
correspondiente convocatoria.
En su virtud, dispongo:

El apartado 2 del artículo 13 de la Orden APA/111/2024, de 8 de febrero, por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la
realización de proyectos de investigación aplicada en el sector apícola y sus productos,
dentro de la Intervención Sectorial Apícola, en el marco del Plan Estratégico de la
Política Agrícola Común, queda redactado como sigue:
«2. La entidad beneficiaria presentará, a través de la sede electrónica
asociada del FEGA, O.A. (https://www.fega.es/), de acuerdo con los términos
previstos el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la solicitud de pago
dentro de los diez días hábiles siguientes a la finalización del período
subvencionable de cada anualidad del proyecto, salvo que la convocatoria

cve: BOE-A-2024-16990
Verificable en https://www.boe.es

Artículo único. Modificación de la Orden APA/111/2024, de 8 de febrero, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la
realización de proyectos de investigación aplicada en el sector apícola y sus
productos, dentro de la Intervención Sectorial Apícola, en el marco del Plan
Estratégico de la Política Agrícola Común.