II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Destinos. (BOE-A-2024-16834)
Resolución de 1 de agosto de 2024, de la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 28 de junio de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 196

Miércoles 14 de agosto de 2024

Sec. II.A. Pág. 105755

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
16834

Resolución de 1 de agosto de 2024, de la Secretaría de Estado de Asuntos
Exteriores y Globales, por la que se resuelve la convocatoria de libre
designación, efectuada por Resolución de 28 de junio de 2024.

Por Resolución de 28 de junio de 2024 (BOE núm. 160, de 3 de julio de 2024), de la
Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales, se anunció convocatoria para la
provisión, por el sistema de libre designación, de puesto de trabajo en el Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la
tramitación que exige el artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Este Ministerio acuerda dar publicidad a la resolución de la convocatoria de
referencia según se detalla en el anexo.
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el
artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir de su publicación,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su
comunidad autónoma (o provincia, en su caso) o del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, a su elección, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1.Segunda
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de
reposición, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado.

cve: BOE-A-2024-16834
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Madrid, 1 de agosto de 2024.–El Secretario de Estado de Asuntos Exteriores y
Globales, P. D. (Orden AUC/462/2021 de 28 de abril), el Subsecretario de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Luis Manuel Cuesta Civís.