V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2024-29370)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz por la que se declara, en concreto, de utilidad pública a instalación eléctrica. Expediente AT-13660/17
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de agosto de 2024

Sec. V-B. Pág. 45413

• Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por
la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos
territoriales provinciales competentes en materia de energía.
SEGUNDO. Son de aplicación general al procedimiento:
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
• Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
TERCERO. Son de aplicación específica a los hechos descritos en el
procedimiento:
• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
• Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del
ahorro y eficiencia energética de Andalucía.
• Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de
energía y fomento de las energías renovables en Andalucía.
• Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en
materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
• Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
• Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de
producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables,
cogeneración y residuos.
• Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las
redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
• Instrucción 1/2016 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas,
sobre la tramitación y resolución de los procedimientos de autorización de las
Instalaciones de Energía Eléctrica competencia de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
CUARTO. Conforme a lo indicado en el artículo 40 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico, EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES S.L.U., está
obligada a la prestación del servicio de distribución de forma regular y continua, y
con los niveles de calidad reglamentarios, manteniendo las redes de distribución
eléctrica en las adecuadas condiciones de conservación e idoneidad técnica. Así
mismo está obligada la construcción, operación, el mantenimiento y, en caso
necesario, el desarrollo de su red de distribución, para garantizar que su red tenga
capacidad para asumir, a largo plazo, una demanda razonable de distribución de
electricidad de acuerdo a los criterios establecidos por la Administración.
Finalmente está obligada a la ampliación de las instalaciones de distribución
cuando así sea necesario para atender nuevas demandas de suministro eléctrico
en los términos que se establezcan reglamentariamente. La instalación sobre la
que se declara utilidad pública en la presente resolución, viene a cubrir dichas

cve: BOE-B-2024-29370
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Núm. 195