III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-16746)
Resolución de 31 de julio de 2024, del Consorcio Casa de América, por la que se publica el Convenio con Telefónica, SA, para el desarrollo de actividades y programación ordinarias del Consorcio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024
Segunda.

Sec. III. Pág. 105376

Contenido obligacional.

Las partes firmantes del presente convenio, dentro de su ámbito de actuación,
muestran, desde este momento, su mejor disposición a favorecer la consecución de
acciones conjuntas entre Telefónica y Casa de América, para el desarrollo, ejecución y
difusión de las actividades de la programación ordinaria de Casa de América, en el
marco del Alto Patronato.
Por su parte Telefónica, en el marco de este convenio, aportará a Casa de América,
en conjunto y para 2024, la cantidad de cincuenta mil euros (50.000 €), para el
funcionamiento de la institución y el desarrollo de sus fines a través de su programación
ordinaria (tal como se describe en la cláusula primera de este convenio), como miembro
del Alto Patronato de Casa de América.
Casa de América acepta, expresa y formalmente, la aportación de Telefónica
mencionada en la presente cláusula, obligándose a dedicar las cantidades que perciba
en ejecución del presente convenio al estricto cumplimiento de los fines que han
quedado reseñados en la cláusula primera.
Una vez recibidas las mencionadas aportaciones, Casa de América emitirá los
certificados y demás documentación necesaria de acuerdo a la legislación tributaria
vigente, para que Telefónica pueda acogerse a los beneficios fiscales que correspondan
a esa aportación, de conformidad al régimen fiscal aplicable recogido en la cláusula
quinta.
La aportación se dirigirá, de modo preferente, a impulsar las actividades de Casa de
América en Internet, y en particular a promover el proyecto Casamérica Virtual
(www.casamerica.es), portal de contenidos sobre el devenir cultural, científico,
tecnológico, político y social de Iberoamérica. En dicho portal figurará de forma
destacada, el apoyo y el logo de Telefónica, estableciéndose los links y secciones
específicas que resulten de interés común y que se acuerden entre ambas entidades.
Tercera.

Seguimiento.

Ambas partes acuerdan constituir una comisión mixta, con un representante, como
mínimo, de cada entidad, para supervisar y analizar las actividades desarrolladas en el
marco del Alto Patronato de Casa de América.
Dicha Comisión actuará como órgano de seguimiento de la ejecución del convenio,
se reunirá periódicamente, y se encargará de resolver, en primera instancia, las
eventuales controversias que pudieran surgir en su interpretación y ejecución.
De las cuestiones Iitigiosas que pudieran derivarse de la interpretación y de la
ejecución de cualquiera de las cláusulas del presente convenio, conocerá la jurisdicción
contencioso-administrativa.
Vigencia.

El presente convenio resultará eficaz y entrará en vigor una vez inscrito en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, en el plazo de los cinco (5) días hábiles desde su formalización por la
última de las partes en utilizar su firma electrónica. A continuación, será publicado en el
«Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días (10) hábiles desde su formalización
con arreglo al artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Tendrá una vigencia hasta diciembre 31 de 2024, y podrá ser prorrogado por acuerdo
unánime de las Partes, por periodos anuales, que deberá ser formalizado por escrito, un
mes antes de la expiración del plazo convenido.
Quinta. Régimen Fiscal.
Al presente convenio le es de aplicación lo dispuesto en el artículo 25, del capítulo III,
de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines

cve: BOE-A-2024-16746
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.