III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-16754)
Resolución de 29 de julio de 2024, del Centro Español de Metrología, O.A., M.P., por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga al Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas para estudiantes de grado, máster y doctorado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105410
Ambos representantes, reconociéndose mutuamente capacidad suficiente, suscriben
en nombre de las respectivas entidades el presente documento y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que, con fecha 23 de julio de 2020, se firmó el «Convenio entre el Centro Español de
Metrología, O.A., M.P., y la Universidad Politécnica de Madrid para la realización de
prácticas académicas externas para estudiantes de grado, máster y doctorado de la
universidad».
El citado convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal con fecha 3 de agosto de 2020 y
objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 14 de agosto de 2020,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Segundo.
Que la Cláusula undécima del convenio establece, en cuanto a su vigencia y
modificación, lo siguiente:
«El convenio se perfecciona en el momento de su firma y será eficaz una vez
inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal y publicado en el “Boletín Oficial del
Estado” (BOE). Tendrá una vigencia de cuatro años contados a partir de su
publicación en el “Boletín Oficial del Estado” previa inscripción en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público
estatal.
En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto anteriormente
los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta
cuatro años adicionales o su extinción.
Por su parte, la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo
unánime de las Partes.
El presente convenio es susceptible de modificación por acuerdo expreso de
las Partes que quedará plasmado en documento aparte, denominado Adenda, que
será firmado por las Partes y quedará unido al presente convenio formando parte
del mismo.
La referida adenda habrá de seguir los trámites previstos en el artículo 50.2 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y será eficaz una vez inscrita en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público
estatal (REOICO) y publicada en el “Boletín Oficial del Estado” (BOE).»
Tercero.
Cuarto.
Que, estando próxima la finalización de la vigencia del convenio, ambas Partes han
convenido la oportunidad y pertinencia de prorrogar su vigencia y, de este modo,
continuar la cooperación en el desarrollo de un programa de prácticas académicas
externas para que los estudiantes de la Universidad puedan realizar prácticas
curriculares y extracurriculares en las instalaciones del CEM que les permitan a los
mismos aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación
cve: BOE-A-2024-16754
Verificable en https://www.boe.es
Que, de conformidad con lo anteriormente referido, y en virtud de lo previsto en el
artículo 48.8 de la precitada Ley 40/2015, en la redacción vigente en el momento de su
firma, el convenio tiene efectos hasta el 14 de agosto de 2024.
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105410
Ambos representantes, reconociéndose mutuamente capacidad suficiente, suscriben
en nombre de las respectivas entidades el presente documento y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que, con fecha 23 de julio de 2020, se firmó el «Convenio entre el Centro Español de
Metrología, O.A., M.P., y la Universidad Politécnica de Madrid para la realización de
prácticas académicas externas para estudiantes de grado, máster y doctorado de la
universidad».
El citado convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal con fecha 3 de agosto de 2020 y
objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 14 de agosto de 2020,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Segundo.
Que la Cláusula undécima del convenio establece, en cuanto a su vigencia y
modificación, lo siguiente:
«El convenio se perfecciona en el momento de su firma y será eficaz una vez
inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal y publicado en el “Boletín Oficial del
Estado” (BOE). Tendrá una vigencia de cuatro años contados a partir de su
publicación en el “Boletín Oficial del Estado” previa inscripción en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público
estatal.
En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto anteriormente
los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta
cuatro años adicionales o su extinción.
Por su parte, la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo
unánime de las Partes.
El presente convenio es susceptible de modificación por acuerdo expreso de
las Partes que quedará plasmado en documento aparte, denominado Adenda, que
será firmado por las Partes y quedará unido al presente convenio formando parte
del mismo.
La referida adenda habrá de seguir los trámites previstos en el artículo 50.2 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y será eficaz una vez inscrita en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público
estatal (REOICO) y publicada en el “Boletín Oficial del Estado” (BOE).»
Tercero.
Cuarto.
Que, estando próxima la finalización de la vigencia del convenio, ambas Partes han
convenido la oportunidad y pertinencia de prorrogar su vigencia y, de este modo,
continuar la cooperación en el desarrollo de un programa de prácticas académicas
externas para que los estudiantes de la Universidad puedan realizar prácticas
curriculares y extracurriculares en las instalaciones del CEM que les permitan a los
mismos aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación
cve: BOE-A-2024-16754
Verificable en https://www.boe.es
Que, de conformidad con lo anteriormente referido, y en virtud de lo previsto en el
artículo 48.8 de la precitada Ley 40/2015, en la redacción vigente en el momento de su
firma, el convenio tiene efectos hasta el 14 de agosto de 2024.