III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-16769)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energías Renovables de Horus, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para el parque eólico La Estrella II, de 42,7 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Mosqueruela, Puertomingalvo, Iglesuela del Cid y Cantavieja (Teruel), y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105509
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
16769
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Energías Renovables de Horus,
SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización
administrativa de construcción para el parque eólico La Estrella II, de 42,7
MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los
términos municipales de Mosqueruela, Puertomingalvo, Iglesuela del Cid y
Cantavieja (Teruel), y se declara, en concreto, su utilidad pública.
Energías Renovables de Horus, SL, solicitó, con fecha 27 de noviembre de 2020,
autorización administrativa previa para el parque eólico La Estrella II de 44 MW de
potencia instalada, la subestación eléctrica Estrella II 132/30 kV, la subestación eléctrica
Estrella I 132/30 kV y su infraestructura de evacuación.
Mediante Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se otorgó a Energías Renovables de Horus, SL, autorización
administrativa previa para el parque eólico La Estrella II de 42,7 MW de potencia instalada
y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Mosqueruela,
Puertomingalvo, Iglesuela del Cid y Cantavieja, en la provincia de Teruel (en adelante,
resolución de autorización administrativa previa), publicada en el «Boletín Oficial del
Estado» número 132, de 3 de junio de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada resolución de autorización administrativa
previa, y derivado de la tramitación efectuada de conformidad con los artículos 125 y
siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica y en el marco de la evaluación de
impacto ambiental practicada, y con el fin de optimizar el aprovechamiento del recurso
eólico, el promotor presentó, con fechas 28 de julio y 25 de octubre de 2022, información
adicional al proyecto, entre otros, adenda al estudio de impacto ambiental, con
modificaciones consistentes en:
De conformidad con lo dispuesto en la citada resolución de autorización administrativa
previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto
establecidos en la Resolución de 1 de diciembre de 2022 de la Dirección General de
Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable para el
proyecto (en adelante, DIA), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 307,
de 23 de diciembre de 2022 para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a
cabo, en particular y entre otras, las siguientes modificaciones:
– Exclusión del aerogenerador 2 del parque eólico La Estrella II. Condición 3.6.1.
(Parques eólicos).
cve: BOE-A-2024-16769
Verificable en https://www.boe.es
– Modificación del trazado de la línea de evacuación.
– Desplazamiento de algunos aerogeneradores.
– Línea SET Estrella 2-SET Estrella 1: Adaptación del trazado en los apoyos 25-31.
– Línea SET Estrella 1-SET Iglesuela: Adaptación del trazado en los apoyos 4-13
y 47-56.
– Cambio en la tipología del modelo de aerogenerador a instalar (la potencia de los
aerogeneradores pasa de ser 5,5 MW a 6,1 MW).
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105509
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
16769
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Energías Renovables de Horus,
SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización
administrativa de construcción para el parque eólico La Estrella II, de 42,7
MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los
términos municipales de Mosqueruela, Puertomingalvo, Iglesuela del Cid y
Cantavieja (Teruel), y se declara, en concreto, su utilidad pública.
Energías Renovables de Horus, SL, solicitó, con fecha 27 de noviembre de 2020,
autorización administrativa previa para el parque eólico La Estrella II de 44 MW de
potencia instalada, la subestación eléctrica Estrella II 132/30 kV, la subestación eléctrica
Estrella I 132/30 kV y su infraestructura de evacuación.
Mediante Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se otorgó a Energías Renovables de Horus, SL, autorización
administrativa previa para el parque eólico La Estrella II de 42,7 MW de potencia instalada
y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Mosqueruela,
Puertomingalvo, Iglesuela del Cid y Cantavieja, en la provincia de Teruel (en adelante,
resolución de autorización administrativa previa), publicada en el «Boletín Oficial del
Estado» número 132, de 3 de junio de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada resolución de autorización administrativa
previa, y derivado de la tramitación efectuada de conformidad con los artículos 125 y
siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica y en el marco de la evaluación de
impacto ambiental practicada, y con el fin de optimizar el aprovechamiento del recurso
eólico, el promotor presentó, con fechas 28 de julio y 25 de octubre de 2022, información
adicional al proyecto, entre otros, adenda al estudio de impacto ambiental, con
modificaciones consistentes en:
De conformidad con lo dispuesto en la citada resolución de autorización administrativa
previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto
establecidos en la Resolución de 1 de diciembre de 2022 de la Dirección General de
Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable para el
proyecto (en adelante, DIA), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 307,
de 23 de diciembre de 2022 para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a
cabo, en particular y entre otras, las siguientes modificaciones:
– Exclusión del aerogenerador 2 del parque eólico La Estrella II. Condición 3.6.1.
(Parques eólicos).
cve: BOE-A-2024-16769
Verificable en https://www.boe.es
– Modificación del trazado de la línea de evacuación.
– Desplazamiento de algunos aerogeneradores.
– Línea SET Estrella 2-SET Estrella 1: Adaptación del trazado en los apoyos 25-31.
– Línea SET Estrella 1-SET Iglesuela: Adaptación del trazado en los apoyos 4-13
y 47-56.
– Cambio en la tipología del modelo de aerogenerador a instalar (la potencia de los
aerogeneradores pasa de ser 5,5 MW a 6,1 MW).