III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16734)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las Subvenciones relacionadas con el COVID-19 convocadas por las comunidades autónomas y ciudades autónomas sin órgano de control externo propio, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 104091

Tal y como se refleja en el cuadro anterior, uno de los PES corresponde al IMUJ y otro al IPEX. En
ambos se ha hecho alusión a la previsión contenida en el Decreto 21/2008 relativa a la posibilidad
de elaborar planes estratégicos especiales para un organismo autónomo o entidad de derecho
público con personalidad jurídica propia cuando su importancia justifique su desarrollo
particularizado, puesto que la regla general es que se integren en los instrumentos de planificación
de la correspondiente Consejería. No obstante, el PES del IMUJ fue aprobado por su directora,
contraviniendo lo establecido en el artículo 7.1 del Decreto citado, donde se prevé su aprobación
por la Consejería correspondiente. Esta circunstancia se ha repetido en el PES de este Organismo
para el periodo 2021-20237.
Los ocho PES vigentes en 2020 fueron actualizados siguiendo el procedimiento dispuesto en la
Orden 164/2017, con fecha anterior a la primera declaración del estado de alarma, mientras que,
con posterioridad, solo se modificaron los planes de las Consejerías de Economía, Empresas y
Empleo, de Fomento y de Desarrollo Sostenible; si bien no incluyeron la totalidad de las ayudas
convocadas para paliar los efectos del COVID-19.
La falta de actualización de los PES con posterioridad a la declaración del estado de alarma, o
llevarla a cabo de forma incompleta, ha supuesto que no haya sido posible identificar las líneas de
subvención que deberían haber dado cobertura, y por lo tanto, determinar los criterios para su
evaluación, de 21 subvenciones por importe de 125.527 miles de euros de las 34 convocadas.
Las más relevantes son las siguientes:


En el PES de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural no se incluyó
ninguna de las seis convocatorias realizadas en 2020 con motivo del COVID-19 por
importe de 81.519 miles de euros8.



En la Consejería de Educación, Cultura y Deportes se ha identificado una línea
subvención preexistente en el PES no modificada9 coincidente en cuanto a
destinatarios, objetivos generales perseguidos y financiación con una convocatoria por
COVID-19, por importe de 10.586 miles de euros.



El PES de la Consejería de Bienestar Social no se modificó para actualizar dos líneas10
que debían dar cobertura a la convocatoria11 urgente y extraordinaria, por importe de
7.692 miles de euros, por la que se regula la concesión directa de subvenciones a
diversas entidades de iniciativa social para el mantenimiento de centros destinados a
menores a raíz del COVID-197.

7

8

La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha durante el trámite de alegaciones ha remitido fichas de modificación
de los PES de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural y de la Consejería de Bienestar Social, si bien en el
primer caso únicamente las relativas a tres de las seis convocatorias por importe de 13.283.641 euros.
9

Si bien no consta en la línea 1094 el elemento de presupuesto y ejecución de los proyectos de gasto recogido en la
convocatoria con número de la BDNS 513472.
10

Líneas 000395 y 000383 del PES.

11

Número de la BDNS 502368.

cve: BOE-A-2024-16734
Verificable en https://www.boe.es

La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en el trámite de alegaciones ha remitido delegaciones de la
Vicepresidencia del Gobierno y de la de la Consejería de Igualdad y Portavoz para que el IMUJ elaborara estos PES, lo
que resulta de conformidad con el artículo 6 del Decreto 21/2008; sin embargo, y a pesar de la delegación realizada, la
aprobación debía recaer en el Consejería correspondiente, según establece el artículo 7 del mismo Decreto.