III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16738)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del sector público local, ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 104551
III. OTRAS DISPOSICIONES
CORTES GENERALES
16738
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de
fiscalización del sector público local, ejercicio 2021.
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del
día 21 de mayo de 2024, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del
Informe de fiscalización del sector público local, ejercicio 2021, acuerda:
– Practicar la retención de la participación en los tributos del Estado, prevista de
manera potestativa en el artículo 36.1 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía
Sostenible, a aquellas entidades locales que incumplan, de manera reiterada e
injustificada, la obligación de rendir sus cuentas generales al Tribunal de Cuentas,
manteniendo dicha retención en tanto no cumplan con la referida obligación,
modificando, a dichos efectos, la redacción del artículo 36.1 de la Ley 2/2011, de 4 de
marzo, de Economía Sostenible. Y, de manera análoga a lo efectuado por la falta de
comunicación de la liquidación del presupuesto, dirigidas a los responsables de las
entidades locales.
– Realizar las actuaciones necesarias para reducir los plazos de tramitación y
aprobación de la cuenta general de las entidades locales, incluida la simplificación de los
trámites de exposición pública y presentación de reclamaciones y de emisión de informe
por la Comisión Especial de Cuentas, acortando su duración y estableciendo un único
trámite de informe, de tal manera que permitan reducir los plazos legales para la
aprobación y rendición de la cuenta general de las entidades locales.
– Realizar las actuaciones necesarias para hacer preceptiva la retención de la
participación de tributos del Estado, a aquellas entidades locales que incumplan sus
obligaciones de rendición de las cuentas generales, dirigidas a los órganos competentes
de la Administración General del Estado.
– Realizar las actuaciones necesarias para modificar y homogeneizar los plazos de
rendición de las cuentas generales de las entidades locales al Tribunal de Cuentas y, en
su caso, al respectivo órgano de control externo autonómico, reduciéndolos
significativamente para disponer de las cuentas rendidas con mayor antelación,
estableciendo como fecha límite común de rendición de cuentas la del 30 de junio del
ejercicio siguiente al que las mismas se refiera.
– Suprimir la tasa de reposición vigente para las ofertas de empleo público en la
Administración local, posibilitando que cada Entidad local adopte las medidas necesarias
para proveerse de la plantilla necesaria a fin de atender de manera óptima sus
competencias y servicios, siempre cumpliendo taxativamente la senda de estabilidad y el
equilibrio presupuestario exigido; así como instar a los responsables de las entidades
locales para que adopten las medidas organizativas necesarias, a fin de cumplir con las
cve: BOE-A-2024-16738
Verificable en https://www.boe.es
1. Asumir el contenido, las conclusiones y las recomendaciones comprendidas del
informe de fiscalización del sector público local, ejercicio 2021, así como de las
conclusiones relativas a la contratación pública, a los convenios y a la información
recibida en materia de control interno derivadas todas ellas del informe principal.
2. Asumir las principales recomendaciones que formula el Tribunal.
3. Aprobar el Informe de fiscalización del sector público local, ejercicio 2021,
tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas, que limitan y
afectan a su representatividad.
4. Instar al Gobierno a:
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 104551
III. OTRAS DISPOSICIONES
CORTES GENERALES
16738
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de
fiscalización del sector público local, ejercicio 2021.
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del
día 21 de mayo de 2024, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del
Informe de fiscalización del sector público local, ejercicio 2021, acuerda:
– Practicar la retención de la participación en los tributos del Estado, prevista de
manera potestativa en el artículo 36.1 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía
Sostenible, a aquellas entidades locales que incumplan, de manera reiterada e
injustificada, la obligación de rendir sus cuentas generales al Tribunal de Cuentas,
manteniendo dicha retención en tanto no cumplan con la referida obligación,
modificando, a dichos efectos, la redacción del artículo 36.1 de la Ley 2/2011, de 4 de
marzo, de Economía Sostenible. Y, de manera análoga a lo efectuado por la falta de
comunicación de la liquidación del presupuesto, dirigidas a los responsables de las
entidades locales.
– Realizar las actuaciones necesarias para reducir los plazos de tramitación y
aprobación de la cuenta general de las entidades locales, incluida la simplificación de los
trámites de exposición pública y presentación de reclamaciones y de emisión de informe
por la Comisión Especial de Cuentas, acortando su duración y estableciendo un único
trámite de informe, de tal manera que permitan reducir los plazos legales para la
aprobación y rendición de la cuenta general de las entidades locales.
– Realizar las actuaciones necesarias para hacer preceptiva la retención de la
participación de tributos del Estado, a aquellas entidades locales que incumplan sus
obligaciones de rendición de las cuentas generales, dirigidas a los órganos competentes
de la Administración General del Estado.
– Realizar las actuaciones necesarias para modificar y homogeneizar los plazos de
rendición de las cuentas generales de las entidades locales al Tribunal de Cuentas y, en
su caso, al respectivo órgano de control externo autonómico, reduciéndolos
significativamente para disponer de las cuentas rendidas con mayor antelación,
estableciendo como fecha límite común de rendición de cuentas la del 30 de junio del
ejercicio siguiente al que las mismas se refiera.
– Suprimir la tasa de reposición vigente para las ofertas de empleo público en la
Administración local, posibilitando que cada Entidad local adopte las medidas necesarias
para proveerse de la plantilla necesaria a fin de atender de manera óptima sus
competencias y servicios, siempre cumpliendo taxativamente la senda de estabilidad y el
equilibrio presupuestario exigido; así como instar a los responsables de las entidades
locales para que adopten las medidas organizativas necesarias, a fin de cumplir con las
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1. Asumir el contenido, las conclusiones y las recomendaciones comprendidas del
informe de fiscalización del sector público local, ejercicio 2021, así como de las
conclusiones relativas a la contratación pública, a los convenios y a la información
recibida en materia de control interno derivadas todas ellas del informe principal.
2. Asumir las principales recomendaciones que formula el Tribunal.
3. Aprobar el Informe de fiscalización del sector público local, ejercicio 2021,
tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas, que limitan y
afectan a su representatividad.
4. Instar al Gobierno a: