III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16737)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del sector público local, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 104305

INTRODUCCIÓN
I.1.

INICIATIVA DEL PROCEDIMIENTO FISCALIZADOR

El Pleno del Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 3.a)
de su Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento (LFTCu), aprobó, el 24 de febrero de 2022, el
Programa de Fiscalizaciones para el año 2022, en el que figura, entre las programadas a iniciativa
del propio Tribunal, la Fiscalización del Sector Público Local, ejercicio 2020. El Acuerdo de inicio de
la fiscalización fue aprobado por el Pleno del Tribunal en su sesión de 31 de marzo de 2022.
Esta fiscalización se lleva a cabo, de forma recurrente, con el fin de evaluar el cumplimiento de las
obligaciones de rendición de cuentas y de remisión de otra información obligatoria por parte de las
entidades locales, así como de analizar, con carácter anual, la situación y evolución de la actividad
económico-financiera y presupuestaria del sector público local.
Esta actuación fiscalizadora se enmarca en el Plan Estratégico del Tribunal de Cuentas 2018-2021,
aprobado por el Pleno de la Institución el 25 de abril de 2018, en concreto, en la medida 2 (“Fiscalizar
las áreas con mayores incumplimientos o entidades que no rinden cuentas”), del objetivo específico
1.2, referido al fomento de buenas prácticas de organización, gestión y control de las entidades
públicas), así como en la medida 3 (“Fiscalizar los volúmenes más significativos de ingreso y de
gasto públicos”), del objetivo específico 1.3, dirigido a identificar y fiscalizar las principales áreas de
riesgo, con especial hincapié en las prácticas que puedan propiciar el fraude y la corrupción), ambos
incluidos dentro del objetivo estratégico 1 del referido Plan: “Contribuir al buen gobierno y a la mejora
de la actividad económico-financiera del sector público”.
I.2.

OBJETO DE LA FISCALIZACIÓN

En la presente fiscalización se recogen los resultados de los análisis y comprobaciones realizados
sobre las cuentas generales correspondientes al ejercicio 2020 rendidas por las entidades locales,
así como sobre la información relativa a los contratos y convenios celebrados por las entidades del
sector público local durante el referido ejercicio y la información en materia de control interno del
mismo periodo.
I.3.

ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL

El ámbito subjetivo de la fiscalización está constituido por todas las entidades del sector público
local sometidas a la obligación de rendir cuentas y de remitir información sobre contratos, convenios
y en materia de control interno, incluidas tanto las entidades locales principales como sus entidades
dependientes o adscritas.

cve: BOE-A-2024-16737
Verificable en https://www.boe.es

El ámbito objetivo está integrado por las cuentas generales rendidas por las entidades locales
correspondientes al ejercicio fiscalizado; las relaciones anuales de contratos y extractos de
expedientes de contratación formalizados; las relaciones anuales de convenios y expedientes de
convenios celebrados; y la información sobre control interno, incluyendo los acuerdos y resoluciones
contrarios a reparos formulados por los órganos de la Intervención local, los expedientes con
omisión de fiscalización previa y las principales anomalías en materia de ingresos.