III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16737)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del sector público local, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 104297

III. OTRAS DISPOSICIONES

CORTES GENERALES
16737

Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de
fiscalización del sector público local, ejercicio 2020.

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del
día 21 de mayo de 2024, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del
Informe de fiscalización del sector público local, ejercicio 2020, acuerda:

– Practicar la retención de la participación en los tributos del Estado, prevista de
manera potestativa en el artículo 36.1 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía
Sostenible, a aquellas entidades locales que incumplan, de manera reiterada e
injustificada, la obligación de rendir sus cuentas generales al Tribunal de Cuentas,
manteniendo dicha retención en tanto no cumplan con la referida obligación,
modificando, a dichos efectos, la redacción del artículo 36.1 de la Ley 2/2011, de 4 de
marzo, de Economía Sostenible.
– Llevar a cabo las reformas normativas oportunas para reducir los plazos de
tramitación y aprobación de la cuenta general de las entidades locales, incluida la
simplificación de los trámites de exposición pública y presentación de reclamaciones y de
emisión de informe por la Comisión Especial de Cuentas, acortando su duración y
estableciendo un único trámite de informe, de tal manera que permitan reducir los plazos
legales para la aprobación y rendición de la cuenta general de las entidades locales.
– Llevar a cabo los cambios normativos necesarios para homogeneizar los plazos de
rendición de las cuentas generales de las entidades locales al Tribunal de Cuentas y, en
su caso, al respectivo órgano de control externo autonómico, estableciendo como fecha
límite común de rendición de cuentas la del 30 de junio del ejercicio siguiente al que las
mismas se refiera.
– Suprimir la tasa de reposición vigente para las ofertas de empleo público en la
Administración local, posibilitando que cada entidad local adopte las medidas necesarias
para proveerse de la plantilla necesaria a fin de atender de manera óptima sus
competencias y servicios, siempre cumpliendo taxativamente la senda de estabilidad y el
equilibrio presupuestario exigido, así como instar a los responsables de las entidades
locales para que adopten las medidas organizativas necesarias, a fin de cumplir con las
obligaciones formales de rendición de cuentas, convenios, contratos y control interno
ante el Tribunal de Cuentas.
– Promover la realización de las acciones necesarias para establecer como
condición para que las entidades locales puedan ser beneficiarias de subvenciones o
ayudas públicas, siempre que beneficien a los españoles, procedentes de cualquiera de
las Administraciones públicas, estar al corriente en la rendición de cuentas al Tribunal de
Cuentas, así como establecer el procedimiento para garantizar la aplicación de dicha

cve: BOE-A-2024-16737
Verificable en https://www.boe.es

1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas del informe de fiscalización
del sector público local, ejercicio 2020, así como de las conclusiones relativas a la
contratación pública, a los convenios y a la información recibida en materia de control
interno, derivadas todas ellas del informe principal.
2. Asumir las recomendaciones del Tribunal de Cuentas.
3. Aprobar el Informe de fiscalización del sector público local, ejercicio 2020,
tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas, que limitan y
afectan a su representatividad.
4. Instar al Gobierno a: