III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16739)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización operativa sobre la eficiencia en el uso de los inmuebles de la Seguridad Social, con especial referencia a la eficiencia energética.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
CÓDIGO
IGBISS
FORMA
ADQUISICIÓN
ENTIDAD
DESTINAT.
DESTINO
PREVISTO
Nº
AÑOS
VACÍO
AÑO
ADQUIS.
AÑO
ADSCRIP.
A INSS
Sec. III. Pág. 104864
AÑO
DESADSCR.
41 0116
Compra
INSS
CAISS
14
2006
2006
43 0065
Compra
INSS
CAISS
16
2004
201440
2016
17 0050
Compra
INSS
DP
15
2005
2005
NO
29 0072
Compra
INSS
DP
16
2005
2005
41 0063
Vía Apremio
INSS
Almacén
31
1989
2005
TOTAL
2015
(5)
ADQUIS. E
INVERSIONES
A 31/12/2019
GASTOS
ASOCIADOS
GESTIONES
ENAJENACIÓN
(1)
(2)
677.362,27
10.602,86
37.082,05
211,88
SI
SI
5.456.843,67
113.043,00
NO
2019 (5)
13.679.826,19(6)
58.526,69
NO41
2015 (5)
511.604,08
57.978,26
NO42
95.198.922,13
489.201,80
-
Fuente: Elaboración propia a partir de información proporcionada por TGSS y EEGG y a partir de sus registros contables.
(1) En esta columna figuran cumplimentados los gastos asociados al mantenimiento de los solares (tributos, suministros, etc.) para los que el
Tribunal de Cuentas ha solicitado específicamente la información a las Entidades.
(2) Indica si se han efectuado gestiones para la celebración de subastas públicas.
(3) La propiedad de la TGSS es resultado de un Acuerdo Marco con el Ayuntamiento de Barcelona, sobre transmisión de terrenos de propiedad
municipal para la implantación de las EEGG en Barcelona de fecha 30/11/2005, firmado por el Alcalde de Barcelona y el Director General de la
TGSS.
(4) Inmuebles vacíos que figuran incorrectamente en el IGBISS con situación en uso.
(5) Fecha de la desadscripción inicial, anulada posteriormente por la TGSS al objeto de que la Entidad regularizara partidas contables recogidas
como Construcciones en curso.
(6) Este importe incluye 1.549.068,77 euros correspondientes al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que han sido
reintegrados por el Ayuntamiento en 2020.
Del análisis de los 25 inmuebles, conviene destacar los siguientes aspectos:
1. Prácticamente todos ellos presentan una fecha de adquisición anterior al año 2008,
coincidiendo con el objetivo estratégico mencionado anteriormente, por lo que, al menos,
llevan doce años vacíos, situándose la media en torno a los 15 años.
2. Con cargo al presupuesto de la Seguridad Social se han abonado 96.970.607,11 euros por
la adquisición de 25 solares en los que no se ha construido, de los que 1.771.684,98 euros
figuran dados de baja a 31 de diciembre de 2019. Los gastos de mantenimiento asociados
a estos solares ascienden, al menos, a 489.201,80 euros.
3. Siete de estos solares presentaron un total de 8.498.377,57 euros en la cuenta de
Construcciones en curso, que corresponden a conceptos como honorarios profesionales,
estudios geotécnicos, licencias, entre otros, y que no serán recuperables43 porque, aunque
se decidiera construir en el futuro, dichos proyectos quedarían obsoletos para su ejecución
como consecuencia del tiempo transcurrido. El detalle de estos inmuebles es el siguiente:
Existe una discrepancia entre el INSS y la TGSS en cuanto a la fecha de adscripción de este inmueble. El INSS
informó durante los trabajos de fiscalización que el año de adscripción fue 2014, mientras que la TGSS en el trámite de
alegaciones mantiene que la adscripción se produjo implícitamente cuando el inmueble se adquirió en 2004 para la
instalación de un CAISS.
41 En el trámite de alegaciones, la TGSS aporta acuerdo de inicio del procedimiento para su enajenación por subasta
pública, de fecha 29/03/2022.
42 En el trámite de alegaciones, la TGSS aporta informe de la Oficina Técnica sobre la imposibilidad de enajenación de
este inmueble y manifiesta estar efectuando actuaciones para la clarificación de su valor catastral y posibilidades de
explotación.
43 Debe señalarse que en la fiscalización se ha analizado la regularización contable de las construcciones en curso que
se han registrado en el año 2019 o que siguen figurando a dicha fecha en la contabilidad de las entidades, pero no las
partidas que hayan podido ser regularizadas y reconocidas como pérdidas con anterioridad a 2019.
cve: BOE-A-2024-16739
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Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
CÓDIGO
IGBISS
FORMA
ADQUISICIÓN
ENTIDAD
DESTINAT.
DESTINO
PREVISTO
Nº
AÑOS
VACÍO
AÑO
ADQUIS.
AÑO
ADSCRIP.
A INSS
Sec. III. Pág. 104864
AÑO
DESADSCR.
41 0116
Compra
INSS
CAISS
14
2006
2006
43 0065
Compra
INSS
CAISS
16
2004
201440
2016
17 0050
Compra
INSS
DP
15
2005
2005
NO
29 0072
Compra
INSS
DP
16
2005
2005
41 0063
Vía Apremio
INSS
Almacén
31
1989
2005
TOTAL
2015
(5)
ADQUIS. E
INVERSIONES
A 31/12/2019
GASTOS
ASOCIADOS
GESTIONES
ENAJENACIÓN
(1)
(2)
677.362,27
10.602,86
37.082,05
211,88
SI
SI
5.456.843,67
113.043,00
NO
2019 (5)
13.679.826,19(6)
58.526,69
NO41
2015 (5)
511.604,08
57.978,26
NO42
95.198.922,13
489.201,80
-
Fuente: Elaboración propia a partir de información proporcionada por TGSS y EEGG y a partir de sus registros contables.
(1) En esta columna figuran cumplimentados los gastos asociados al mantenimiento de los solares (tributos, suministros, etc.) para los que el
Tribunal de Cuentas ha solicitado específicamente la información a las Entidades.
(2) Indica si se han efectuado gestiones para la celebración de subastas públicas.
(3) La propiedad de la TGSS es resultado de un Acuerdo Marco con el Ayuntamiento de Barcelona, sobre transmisión de terrenos de propiedad
municipal para la implantación de las EEGG en Barcelona de fecha 30/11/2005, firmado por el Alcalde de Barcelona y el Director General de la
TGSS.
(4) Inmuebles vacíos que figuran incorrectamente en el IGBISS con situación en uso.
(5) Fecha de la desadscripción inicial, anulada posteriormente por la TGSS al objeto de que la Entidad regularizara partidas contables recogidas
como Construcciones en curso.
(6) Este importe incluye 1.549.068,77 euros correspondientes al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que han sido
reintegrados por el Ayuntamiento en 2020.
Del análisis de los 25 inmuebles, conviene destacar los siguientes aspectos:
1. Prácticamente todos ellos presentan una fecha de adquisición anterior al año 2008,
coincidiendo con el objetivo estratégico mencionado anteriormente, por lo que, al menos,
llevan doce años vacíos, situándose la media en torno a los 15 años.
2. Con cargo al presupuesto de la Seguridad Social se han abonado 96.970.607,11 euros por
la adquisición de 25 solares en los que no se ha construido, de los que 1.771.684,98 euros
figuran dados de baja a 31 de diciembre de 2019. Los gastos de mantenimiento asociados
a estos solares ascienden, al menos, a 489.201,80 euros.
3. Siete de estos solares presentaron un total de 8.498.377,57 euros en la cuenta de
Construcciones en curso, que corresponden a conceptos como honorarios profesionales,
estudios geotécnicos, licencias, entre otros, y que no serán recuperables43 porque, aunque
se decidiera construir en el futuro, dichos proyectos quedarían obsoletos para su ejecución
como consecuencia del tiempo transcurrido. El detalle de estos inmuebles es el siguiente:
Existe una discrepancia entre el INSS y la TGSS en cuanto a la fecha de adscripción de este inmueble. El INSS
informó durante los trabajos de fiscalización que el año de adscripción fue 2014, mientras que la TGSS en el trámite de
alegaciones mantiene que la adscripción se produjo implícitamente cuando el inmueble se adquirió en 2004 para la
instalación de un CAISS.
41 En el trámite de alegaciones, la TGSS aporta acuerdo de inicio del procedimiento para su enajenación por subasta
pública, de fecha 29/03/2022.
42 En el trámite de alegaciones, la TGSS aporta informe de la Oficina Técnica sobre la imposibilidad de enajenación de
este inmueble y manifiesta estar efectuando actuaciones para la clarificación de su valor catastral y posibilidades de
explotación.
43 Debe señalarse que en la fiscalización se ha analizado la regularización contable de las construcciones en curso que
se han registrado en el año 2019 o que siguen figurando a dicha fecha en la contabilidad de las entidades, pero no las
partidas que hayan podido ser regularizadas y reconocidas como pérdidas con anterioridad a 2019.
cve: BOE-A-2024-16739
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