III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16733)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las medidas tomadas por el Grupo RENFE en relación con las restricciones de movilidad de viajeros implantadas durante el ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103991
millones en 2020; en los servicios de larga distancia fue del 62,2 %, pasando de 368 a 139 millones;
y en los servicios turísticos, del 99,8 %, pasando de 8 millones a menos de 20.000 €.
La disminución de los gastos fue de un 31,9 %, muy inferior a la de los ingresos y a la caída en el
número de circulaciones (47,8 %). Las amortizaciones y retiros (que se incrementaron en 2020 al
haberse producido muchos retiros por la transformación de unidades para nuevos usos), junto con
los gastos de personal (que se mantuvieron en niveles similares al ejercicio anterior), fueron los
principales conceptos que contuvieron una mayor disminución de los gastos. Por su parte, los
gastos por energía de tracción, cánones, servicios del exterior y mantenimiento experimentaron una
reducción relativa similar a la del número de circulaciones.
2) Impacto en la actividad y resultados de OSP
Los servicios declarados como OSP de competencia estatal también se vieron afectados por
algunas de las medidas tomadas por el Gobierno, en particular:
a) La obligación de reducir la oferta de operaciones de servicios de media distancia y servicios
AVANT durante el primer estado de alarma en un 50 % según el Real Decreto 463/2020 (desde
el 14 de marzo) y que se elevó al 70 % en la Orden TMA/273/2020 (desde el 24 de marzo hasta
el 21 de junio).
b) La obligación de reducir la oferta de operaciones de servicios de cercanías durante el primer
estado de alarma en un 20 % en horas punta y un 50 % en horas valle, según se fijó en la Orden
TMA/273/2020 (desde el 24 de marzo hasta el 10 de mayo). Adicionalmente, en el periodo de
vigencia del Real Decreto-ley 10/2020 (del 29 de marzo al 9 de abril) se debía reducir la oferta
de servicios a niveles de prestación similares a los de los fines de semana. A partir del 11 de
mayo, los servicios de cercanías debían aumentar progresivamente su oferta para recuperar el
100 %, ajustando la oferta a la demanda previsible y procurando la máxima separación entre
pasajeros.
Según la Orden TMA/273/2020, en el caso de los servicios de competencia autonómica
correspondía a sus autoridades determinar el porcentaje máximo de prestación de los servicios de
su competencia. A los servicios de cercanías de Barcelona, sí les resultaba de aplicación lo
establecido para el periodo de vigencia del Real Decreto-ley 10/2020, por lo que se debía reducir
su oferta a niveles de prestación similares a los de los fines de semana.
En concreto, el número de viajeros anuales en los servicios declarados como OSP disminuyó un
46,8 % respecto a 2019, el de circulaciones un 15,6 % y el de plazas ofertadas un 14,6 %. Las
reducciones fueron mayores en las líneas de media distancia y AVANT, con caídas de viajeros del
53,3 y el 61,5 %, y de circulaciones, del 35 y el 39 %, respectivamente; y menores en cercanías,
con un descenso de viajeros del 46,1 % y de circulaciones del 11,9 %. Cabe resaltar que, en 2020,
cercanías generó el 94 % de los viajeros transportados por RV en OSP (el 93 % en 2019) y el 88 %
de las circulaciones en OSP (el 84,4 % en 2019).
cve: BOE-A-2024-16733
Verificable en https://www.boe.es
La Generalitat de Cataluña aprobó la Resolución SLT/747/2020, de 17 de marzo, que estableció
que los servicios ferroviarios que transcurren íntegramente por el territorio de Cataluña, tanto
interurbanos como urbanos, aplicarían una reducción de la frecuencia horaria de servicio en día
laborable de entre un 33 % y un 67 %. Por su parte, las CCAA de Aragón y Extremadura no dictaron
ninguna norma en relación con la limitación de servicios prestados durante el primer estado de
alarma.
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103991
millones en 2020; en los servicios de larga distancia fue del 62,2 %, pasando de 368 a 139 millones;
y en los servicios turísticos, del 99,8 %, pasando de 8 millones a menos de 20.000 €.
La disminución de los gastos fue de un 31,9 %, muy inferior a la de los ingresos y a la caída en el
número de circulaciones (47,8 %). Las amortizaciones y retiros (que se incrementaron en 2020 al
haberse producido muchos retiros por la transformación de unidades para nuevos usos), junto con
los gastos de personal (que se mantuvieron en niveles similares al ejercicio anterior), fueron los
principales conceptos que contuvieron una mayor disminución de los gastos. Por su parte, los
gastos por energía de tracción, cánones, servicios del exterior y mantenimiento experimentaron una
reducción relativa similar a la del número de circulaciones.
2) Impacto en la actividad y resultados de OSP
Los servicios declarados como OSP de competencia estatal también se vieron afectados por
algunas de las medidas tomadas por el Gobierno, en particular:
a) La obligación de reducir la oferta de operaciones de servicios de media distancia y servicios
AVANT durante el primer estado de alarma en un 50 % según el Real Decreto 463/2020 (desde
el 14 de marzo) y que se elevó al 70 % en la Orden TMA/273/2020 (desde el 24 de marzo hasta
el 21 de junio).
b) La obligación de reducir la oferta de operaciones de servicios de cercanías durante el primer
estado de alarma en un 20 % en horas punta y un 50 % en horas valle, según se fijó en la Orden
TMA/273/2020 (desde el 24 de marzo hasta el 10 de mayo). Adicionalmente, en el periodo de
vigencia del Real Decreto-ley 10/2020 (del 29 de marzo al 9 de abril) se debía reducir la oferta
de servicios a niveles de prestación similares a los de los fines de semana. A partir del 11 de
mayo, los servicios de cercanías debían aumentar progresivamente su oferta para recuperar el
100 %, ajustando la oferta a la demanda previsible y procurando la máxima separación entre
pasajeros.
Según la Orden TMA/273/2020, en el caso de los servicios de competencia autonómica
correspondía a sus autoridades determinar el porcentaje máximo de prestación de los servicios de
su competencia. A los servicios de cercanías de Barcelona, sí les resultaba de aplicación lo
establecido para el periodo de vigencia del Real Decreto-ley 10/2020, por lo que se debía reducir
su oferta a niveles de prestación similares a los de los fines de semana.
En concreto, el número de viajeros anuales en los servicios declarados como OSP disminuyó un
46,8 % respecto a 2019, el de circulaciones un 15,6 % y el de plazas ofertadas un 14,6 %. Las
reducciones fueron mayores en las líneas de media distancia y AVANT, con caídas de viajeros del
53,3 y el 61,5 %, y de circulaciones, del 35 y el 39 %, respectivamente; y menores en cercanías,
con un descenso de viajeros del 46,1 % y de circulaciones del 11,9 %. Cabe resaltar que, en 2020,
cercanías generó el 94 % de los viajeros transportados por RV en OSP (el 93 % en 2019) y el 88 %
de las circulaciones en OSP (el 84,4 % en 2019).
cve: BOE-A-2024-16733
Verificable en https://www.boe.es
La Generalitat de Cataluña aprobó la Resolución SLT/747/2020, de 17 de marzo, que estableció
que los servicios ferroviarios que transcurren íntegramente por el territorio de Cataluña, tanto
interurbanos como urbanos, aplicarían una reducción de la frecuencia horaria de servicio en día
laborable de entre un 33 % y un 67 %. Por su parte, las CCAA de Aragón y Extremadura no dictaron
ninguna norma en relación con la limitación de servicios prestados durante el primer estado de
alarma.