II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Destinos. (BOE-A-2024-16689)
Resolución de 1 de agosto de 2024, de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 3 de julio de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. II.A. Pág. 103663
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
16689
Resolución de 1 de agosto de 2024, de la Secretaría de Estado de
Cooperación Internacional, por la que se resuelve la convocatoria de libre
designación, efectuada por Resolución de 3 de julio de 2024.
Por Resolución de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional de 3 de julio
de 2024 (BOE núm. 170, de 15 de julio de 2024) se anunció convocatoria para la
provisión, por el sistema de libre designación, de puestos de trabajo en el Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la
tramitación que exige el artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
Este Ministerio acuerda dar publicidad a la resolución de la convocatoria de
referencia según se detalla en el anexo.
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el
artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su comunidad
autónoma (o provincia, en su caso) o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a su
elección, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1.Segunda de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o,
potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición, en el plazo
de un mes ante el mismo órgano que la dictó.
cve: BOE-A-2024-16689
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 1 de agosto de 2024.–La Secretaria de Estado de Cooperación Internacional,
P. D. (Orden AUC/462/2021 de 28 de abril), el Subsecretario de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación, Luis Manuel Cuesta Civís.
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. II.A. Pág. 103663
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
16689
Resolución de 1 de agosto de 2024, de la Secretaría de Estado de
Cooperación Internacional, por la que se resuelve la convocatoria de libre
designación, efectuada por Resolución de 3 de julio de 2024.
Por Resolución de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional de 3 de julio
de 2024 (BOE núm. 170, de 15 de julio de 2024) se anunció convocatoria para la
provisión, por el sistema de libre designación, de puestos de trabajo en el Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la
tramitación que exige el artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
Este Ministerio acuerda dar publicidad a la resolución de la convocatoria de
referencia según se detalla en el anexo.
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el
artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su comunidad
autónoma (o provincia, en su caso) o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a su
elección, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1.Segunda de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o,
potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición, en el plazo
de un mes ante el mismo órgano que la dictó.
cve: BOE-A-2024-16689
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 1 de agosto de 2024.–La Secretaria de Estado de Cooperación Internacional,
P. D. (Orden AUC/462/2021 de 28 de abril), el Subsecretario de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación, Luis Manuel Cuesta Civís.