III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-16681)
Resolución de 30 de julio de 2024, de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Católica San Antonio de Murcia, para el desarrollo de programas de máster universitario, prácticas académicas externas y trabajos fin de máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103604
públicos entre sí, o con agentes privados que realicen actividades de investigación
científica y técnica, nacionales, supranacionales o extranjeros, para la realización
conjunta de, entre otras, las siguientes actividades: formación de personal científico y
técnico y divulgación científica y tecnológica.
5.º Que la Universidad Católica San Antonio de Murcia (en adelante, la UCAM), con
sede en Murcia y con NIF G30626303, de acuerdo con sus Estatutos, es una institución
de derecho privado dotada de personalidad jurídica y patrimonio propios, para la
consecución de sus fines y el desarrollo de sus funciones, que goza de autonomía
de acuerdo con el artículo 27.10 de la Constitución y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
marzo, del Sistema Universitario (BOE de 23 de marzo). Entre otras funciones, la
Universidad desarrolla para el cumplimiento de sus fines, entre los que se incluyen,
garantizando de forma institucional la presencia cristiana en el ámbito de la Universidad,
la educación, el desarrollo de la ciencia, la técnica y la cultura a través del estudio y la
investigación.
6.º Que teniendo en cuenta las previsiones legales y reglamentarias arriba expresadas,
el CSIC y la Universidad estiman de sumo interés el establecimiento de líneas de
cooperación que, a través de sus respectivos recursos humanos y materiales, puedan
mejorar la cualificación profesional e investigadora de los/las estudiantes que cursen
estudios de Máster en la Universidad, así como la capacidad académica y científica de
ambas instituciones, mediante la participación de personal docente e investigador de las
mismas.
7.º Que ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación y colaboración
en el desarrollo de un programa de prácticas externas para universitarios/as, con la
finalidad de prepararles para el ejercicio profesional en áreas científicas relacionadas con
su formación universitaria, facilitándoles la inserción en el mercado de trabajo y la mejora
de su empleabilidad futura, desarrollándose las mismas conforme a lo establecido en el
Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios.
Por todo lo anteriormente expuesto, el CSIC y la Universidad suscriben este
convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
1. El objeto del presente convenio es establecer la colaboración entre el CSIC
y la UCAM para el desarrollo de programas de Máster y la realización de prácticas
académicas externas curriculares y extracurriculares y Trabajos Fin de Máster (TFM) de
dichos programas en los Institutos, Centros y unidades del CSIC (en adelante ICU).
En concreto, se desarrollarán las siguientes actividades:
En el presente convenio se establece el marco general regulador para la realización
de las prácticas externas de estudiantes de Máster en los ICU del CSIC, regulando los
derechos y obligaciones generales de las partes y de los estudiantes y el procedimiento
a seguir para su solicitud; la autorización y concreción del proyecto formativo y el
desarrollo de cada práctica se articulará a través de los anexos previstos en este
convenio, de conformidad con lo previsto en el artículo 7.2 del Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio.
cve: BOE-A-2024-16681
Verificable en https://www.boe.es
– Participación del personal investigador del CSIC en la docencia teórica del Máster.
– Realización de prácticas académicas externas, curriculares y extracurriculares, de
títulos oficiales o propios de Máster y la realización del trabajo de investigación completo
correspondiente al TFM del alumnado de esta Universidad en los ICU del CSIC.
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103604
públicos entre sí, o con agentes privados que realicen actividades de investigación
científica y técnica, nacionales, supranacionales o extranjeros, para la realización
conjunta de, entre otras, las siguientes actividades: formación de personal científico y
técnico y divulgación científica y tecnológica.
5.º Que la Universidad Católica San Antonio de Murcia (en adelante, la UCAM), con
sede en Murcia y con NIF G30626303, de acuerdo con sus Estatutos, es una institución
de derecho privado dotada de personalidad jurídica y patrimonio propios, para la
consecución de sus fines y el desarrollo de sus funciones, que goza de autonomía
de acuerdo con el artículo 27.10 de la Constitución y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
marzo, del Sistema Universitario (BOE de 23 de marzo). Entre otras funciones, la
Universidad desarrolla para el cumplimiento de sus fines, entre los que se incluyen,
garantizando de forma institucional la presencia cristiana en el ámbito de la Universidad,
la educación, el desarrollo de la ciencia, la técnica y la cultura a través del estudio y la
investigación.
6.º Que teniendo en cuenta las previsiones legales y reglamentarias arriba expresadas,
el CSIC y la Universidad estiman de sumo interés el establecimiento de líneas de
cooperación que, a través de sus respectivos recursos humanos y materiales, puedan
mejorar la cualificación profesional e investigadora de los/las estudiantes que cursen
estudios de Máster en la Universidad, así como la capacidad académica y científica de
ambas instituciones, mediante la participación de personal docente e investigador de las
mismas.
7.º Que ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación y colaboración
en el desarrollo de un programa de prácticas externas para universitarios/as, con la
finalidad de prepararles para el ejercicio profesional en áreas científicas relacionadas con
su formación universitaria, facilitándoles la inserción en el mercado de trabajo y la mejora
de su empleabilidad futura, desarrollándose las mismas conforme a lo establecido en el
Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios.
Por todo lo anteriormente expuesto, el CSIC y la Universidad suscriben este
convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
1. El objeto del presente convenio es establecer la colaboración entre el CSIC
y la UCAM para el desarrollo de programas de Máster y la realización de prácticas
académicas externas curriculares y extracurriculares y Trabajos Fin de Máster (TFM) de
dichos programas en los Institutos, Centros y unidades del CSIC (en adelante ICU).
En concreto, se desarrollarán las siguientes actividades:
En el presente convenio se establece el marco general regulador para la realización
de las prácticas externas de estudiantes de Máster en los ICU del CSIC, regulando los
derechos y obligaciones generales de las partes y de los estudiantes y el procedimiento
a seguir para su solicitud; la autorización y concreción del proyecto formativo y el
desarrollo de cada práctica se articulará a través de los anexos previstos en este
convenio, de conformidad con lo previsto en el artículo 7.2 del Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio.
cve: BOE-A-2024-16681
Verificable en https://www.boe.es
– Participación del personal investigador del CSIC en la docencia teórica del Máster.
– Realización de prácticas académicas externas, curriculares y extracurriculares, de
títulos oficiales o propios de Máster y la realización del trabajo de investigación completo
correspondiente al TFM del alumnado de esta Universidad en los ICU del CSIC.