II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2024-16606)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 103159
Cuarta.
Además de los datos personales y número de registro de personal que se consignen
en la solicitud, habrá de acompañarse la siguiente documentación:
– Un curriculum vitae en el que consten los títulos académicos, los puestos de
trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información
dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales.
– Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto
al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
– La cumplimentación de un cuestionario de autoevaluación dirigido a valorar las
competencias directivas que se relacionan en el anexo III.
Quinta.
A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido
para el puesto, la presente convocatoria incluirá la celebración de entrevistas en los
términos establecidos en la Orden TDF/379/2024.
El nombramiento deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la
finalización del de presentación de solicitudes, salvo que expresamente se prorrogue por
otro mes.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta
el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del
que corresponda al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo
previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
cve: BOE-A-2024-16606
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 26 de julio de 2024.–El Subsecretario de Trabajo y Economía Social, José
Ramón del Prado Cortés.
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 103159
Cuarta.
Además de los datos personales y número de registro de personal que se consignen
en la solicitud, habrá de acompañarse la siguiente documentación:
– Un curriculum vitae en el que consten los títulos académicos, los puestos de
trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información
dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales.
– Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto
al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
– La cumplimentación de un cuestionario de autoevaluación dirigido a valorar las
competencias directivas que se relacionan en el anexo III.
Quinta.
A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido
para el puesto, la presente convocatoria incluirá la celebración de entrevistas en los
términos establecidos en la Orden TDF/379/2024.
El nombramiento deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la
finalización del de presentación de solicitudes, salvo que expresamente se prorrogue por
otro mes.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta
el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del
que corresponda al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo
previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
cve: BOE-A-2024-16606
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 26 de julio de 2024.–El Subsecretario de Trabajo y Economía Social, José
Ramón del Prado Cortés.