III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-16661)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico Tabernas 100 MW, de 99,85 MW de potencia instalada, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Almería".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193

Sábado 10 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 103405

a 9,5 km por el este de la ZEC ES6110005 «Sierra de Cabrera-Bédar» y a 10,4 km
aproximadamente por el suroeste del Paraje Natural, ZEPA y ZEC ES0000047 «Desierto
de Tabernas». Además, a 6,4 km se localiza el Área Importante para la Conservación de
las Aves (IBA) num. 215 «Sierra Alhamilla-Campo de Nijar –Sierra de Cabrera». La línea
eléctrica de evacuación se solapa con esta IBA, en los últimos 1,5 km del trazado,
aunque no se esperan incidencias significativas debido a que discurrirá soterrada.
Paisaje.

La zona de ubicación del proyecto se localiza en la unidad paisajística Valle alto del
Andarax y Campo de Tabernas.
Durante la fase de construcción, disminuirá la calidad del paisaje como consecuencia
de las obras de preparación del terreno, tala y desbroce de vegetación, acopios de
materiales, apertura de viales de obra, vallados, parques de maquinaria, etc.
Atendiendo a la fase de explotación, la instalación de la planta solar fotovoltaica
ocupará un área de terreno superior a las 200 ha, con paneles solares, viales de servicio
e infraestructuras auxiliares y edificaciones. Esta ocupación, junto al cambio de uso del
suelo derivado de la instalación de la planta, cambiará la fisonomía del paisaje rural
previo, afectando a su estética y potencial atractivo para otros usos.
No obstante, para ambas fases del proyecto, el promotor considera el impacto
paisajístico como de magnitud baja o media, por la escasa visibilidad del emplazamiento
seleccionado, dado que la distancia desde el núcleo de población más cercano es
superior a 5 km. Por otro lado, la línea de evacuación es subterránea y no genera
impactos visuales en el entorno.
Con objeto de mitigar el impacto visual de las instalaciones sobre el paisaje, el
promotor plantea adoptar un conjunto de medidas sobre el diseño y características
físicas de las instalaciones, como seleccionar materiales y colores que armonicen con la
estética del entorno, la ejecución de plantaciones a lo largo del perímetro del vallado y la
restauración de zonas de ocupación temporal y otras zonas degradadas. Las especies
que propone para la pantalla vegetal en esta zona serían: Olea europea var. sylvestris,
Retama sphaerocarpa y Pistacia lentiscus.
La Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana de la
Junta de Andalucía, respecto a la evaluación paisajística del proyecto, señala que, dado
que la infraestructura se localiza muy próxima a la carretera N-340a, aumentando el
número de potenciales observadores, y teniendo en cuenta los efectos sinérgicos del
proyecto (con 14 plantas proyectadas y construidas en el entorno), las conclusiones del
análisis efectuado por el promotor no se ajustan a la situación real. Respecto a la
visibilidad de la planta desde los núcleos urbanos más próximos, esa Dirección General
indica que, por la orografía del terreno, no existe afección a los núcleos de Tabernas,
Lucainena de las Torres y Sorbas. Sin embargo, existe afección para el núcleo de
Turrillas, y este no ha sido tenido en cuenta en el análisis de visibilidad. Se comprueba
que Turrillas se localiza unos 6 km al sur, a mayor distancia que otros núcleos urbanos,
pero a mayor altitud, a una cota unos 300 m superior a la del emplazamiento del
proyecto, por lo que sí sería visible la instalación proyectada.
En respuesta a este informe, el promotor aporta una adenda con un nuevo análisis
de cuenca visual para un radio de 10 km, en el que incluye el análisis desde el núcleo
urbano de Turrillas. Aunque reconoce que el mayor índice de visibilidad del proyecto se
manifiesta en la zona sur, donde se localiza la Serrata del Marchante, mantiene su
valoración sobre el impacto paisajístico, gracias fundamentalmente a la mitigación
mediante las plantaciones perimetrales.
La Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana de la
Junta de Andalucía considera adecuado el apantallamiento vegetal como medida de
mitigación, aunque la posición orográfica elevada de Turrillas no evitará por completo el
impacto, y añade que deberán trasplantarse los ejemplares de olivo de mayor porte a la
franja perimetral que sirva de apantallamiento. El promotor muestra su conformidad a la
medida solicitada.

cve: BOE-A-2024-16661
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