III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2024-16684)
Resolución de 23 de julio de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con Ontreo plus, SLU y EAE Madrid Centro Educación Superior, SLU, para la realización de prácticas académicas externas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
Quinta.
Sec. III. Pág. 103637
Seguros.
El estudiante, bien a través del seguro escolar y/o suplementos correspondientes al
mismo, bien a través de los seguros suscritos y pagados por el propio estudiante o por la
Universidad y EAE Madrid a tal efecto, deberá estar cubierto para la contingencia de
accidentes, así como tener cobertura por responsabilidad civil para la realización de las
prácticas.
Sexta. Desarrollo de las prácticas.
En caso de falta reiterada de asistencia sin justificar del estudiante, o si durante el
periodo de realización de las prácticas, Red.es considerase que existiese falta de interés
y/o adaptación a la organización por parte de aquél e imputable al mismo, ésta deberá
comunicarlo al tutor académico, de forma que, una vez acreditado el hecho, ello podrá
ser causa de la finalización anticipada de las prácticas.
Tanto el estudiante como Red.es podrán dar por finalizadas las prácticas con
anterioridad a la fecha fijada como de término, si bien deberá existir un preaviso de al
menos tres días hábiles. En todo caso, Red.es deberá comunicar a la Universidad y EAE
Madrid la baja anticipada indicando la razón de la misma.
Protección de datos.
Sobre los datos de carácter personal a los que los estudiantes tengan acceso por la
realización de las Prácticas, TFG, TFM, PFC o TD, recaerá el deber de secreto, así como
las limitaciones en su uso y transmisión, impuestas por el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), y
normativa concordante. Asimismo, los estudiantes que realicen el programa de prácticas
deberán guardar secreto respecto al resto de la información que puedan conocer como
consecuencia de la realización de las mismas.
Asimismo, las partes expresamente acuerdan que se comprometen a cumplir con las
estipulaciones relativas a protección de datos de carácter personal estipuladas en el
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (RGPD) y su normativa de desarrollo, así como en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. En el caso de que, en virtud del presente convenio, cualquiera de
las partes comunique a la otra, datos de carácter personal, la entidad cedente
expresamente manifiesta y garantiza a la cesionaria que cumple con la totalidad de las
obligaciones y previsiones contenidas en el citado Reglamento y en la normativa de
desarrollo del mismo respecto a dichos datos.
La Universidad y EAE Madrid expresamente manifiesta y garantiza a Red.es, que ha
obtenido el correspondiente consentimiento expreso e inequívoco de cada uno de los
titulares de los datos de carácter personal, para poder comunicárselos a Red.es, para
llevar a cabo la tramitación de los anexos al convenio y para el correcto desarrollo del
contenido de la práctica que se concretará en los mismos y, en su caso, para realizar la
correspondiente evaluación. De igual forma, Red.es manifiesta y garantiza que los datos
de carácter personal que le sean cedidos sólo serán usados por sí misma y para los
fines antes descritos.
Octava. Propiedad Intelectual.
Si el contenido descrito en el proyecto formativo describe la realización del TFG,
TFM, PFC y TD su defensa ante los Tribunales Calificadores, en ningún caso, podrá ser
cve: BOE-A-2024-16684
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
Quinta.
Sec. III. Pág. 103637
Seguros.
El estudiante, bien a través del seguro escolar y/o suplementos correspondientes al
mismo, bien a través de los seguros suscritos y pagados por el propio estudiante o por la
Universidad y EAE Madrid a tal efecto, deberá estar cubierto para la contingencia de
accidentes, así como tener cobertura por responsabilidad civil para la realización de las
prácticas.
Sexta. Desarrollo de las prácticas.
En caso de falta reiterada de asistencia sin justificar del estudiante, o si durante el
periodo de realización de las prácticas, Red.es considerase que existiese falta de interés
y/o adaptación a la organización por parte de aquél e imputable al mismo, ésta deberá
comunicarlo al tutor académico, de forma que, una vez acreditado el hecho, ello podrá
ser causa de la finalización anticipada de las prácticas.
Tanto el estudiante como Red.es podrán dar por finalizadas las prácticas con
anterioridad a la fecha fijada como de término, si bien deberá existir un preaviso de al
menos tres días hábiles. En todo caso, Red.es deberá comunicar a la Universidad y EAE
Madrid la baja anticipada indicando la razón de la misma.
Protección de datos.
Sobre los datos de carácter personal a los que los estudiantes tengan acceso por la
realización de las Prácticas, TFG, TFM, PFC o TD, recaerá el deber de secreto, así como
las limitaciones en su uso y transmisión, impuestas por el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), y
normativa concordante. Asimismo, los estudiantes que realicen el programa de prácticas
deberán guardar secreto respecto al resto de la información que puedan conocer como
consecuencia de la realización de las mismas.
Asimismo, las partes expresamente acuerdan que se comprometen a cumplir con las
estipulaciones relativas a protección de datos de carácter personal estipuladas en el
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (RGPD) y su normativa de desarrollo, así como en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. En el caso de que, en virtud del presente convenio, cualquiera de
las partes comunique a la otra, datos de carácter personal, la entidad cedente
expresamente manifiesta y garantiza a la cesionaria que cumple con la totalidad de las
obligaciones y previsiones contenidas en el citado Reglamento y en la normativa de
desarrollo del mismo respecto a dichos datos.
La Universidad y EAE Madrid expresamente manifiesta y garantiza a Red.es, que ha
obtenido el correspondiente consentimiento expreso e inequívoco de cada uno de los
titulares de los datos de carácter personal, para poder comunicárselos a Red.es, para
llevar a cabo la tramitación de los anexos al convenio y para el correcto desarrollo del
contenido de la práctica que se concretará en los mismos y, en su caso, para realizar la
correspondiente evaluación. De igual forma, Red.es manifiesta y garantiza que los datos
de carácter personal que le sean cedidos sólo serán usados por sí misma y para los
fines antes descritos.
Octava. Propiedad Intelectual.
Si el contenido descrito en el proyecto formativo describe la realización del TFG,
TFM, PFC y TD su defensa ante los Tribunales Calificadores, en ningún caso, podrá ser
cve: BOE-A-2024-16684
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.