III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Patrimonio histórico. (BOE-A-2024-16673)
Orden CLT/853/2024, de 1 de agosto, por la que se otorga la garantía del Estado al depósito de la obra "The Glade" (El Claro), 1959, de Alberto Giacometti, para su exhibición en la exposición permanente del Museo Nacional Thyssen-Bornemisza.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103539
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
16673
Orden CLT/853/2024, de 1 de agosto, por la que se otorga la garantía del
Estado al depósito de la obra «The Glade» (El Claro), 1959, de Alberto
Giacometti, para su exhibición en la exposición permanente del Museo
Nacional Thyssen-Bornemisza.
A petición de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza.
De conformidad con la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de
junio, del Patrimonio Histórico Español, y del Real Decreto 1680/1991, de 15 de
noviembre, por el que se desarrolla dicha disposición adicional sobre garantía del Estado
para obras de interés cultural.
Vistos el acuerdo favorable de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de
Bienes del Patrimonio Histórico Español, adoptado en su reunión plenaria del 19 de junio
de 2024, y los informes de la Abogacía del Estado del Ministerio de Cultura emitido con
fecha del 22 de julio de 2024, y de la Subdirección General de la Oficina Presupuestaria
con fecha del 17 de julio de 2024, y una vez fiscalizado de conformidad por la
Intervención Delegada en el Departamento.
De conformidad con la propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural y
Bellas Artes formulada el 23 de julio de 2024, en cumplimiento del artículo 3 del Real
Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, dispongo:
Primero.
Otorgamiento de la garantía del Estado.
Otorgar la garantía del Estado a la obra que figura en la solicitud de la institución y en
el anexo de esta Orden con el alcance, efectos y límites que más adelante se expresan.
Segundo.
Objeto.
1. El Estado se compromete a indemnizar por la destrucción, pérdida, sustracción o
daño de la obra que figura en el anexo de esta Orden, de acuerdo con el valor y las
condiciones expresadas en la solicitud de la institución.
2. Cualquier alteración de las condiciones expresadas en la solicitud deberá ser
comunicada con antelación suficiente al Ministerio de Cultura por la institución solicitante,
siendo necesaria la conformidad expresa del mismo para que la garantía surta efecto en
relación con el término alterado.
1. La garantía otorgada se circunscribe exclusivamente a la obra que figura en la
solicitud de la institución y en el anexo de esta Orden, a los efectos de su exhibición en
el Museo Nacional Thyssen-Bornemisza, sito en Paseo del Prado, 8, en Madrid, en la
exposición permanente, la cual tendrá una duración desde el 20 de septiembre de 2024
al 19 de septiembre de 2025.
2. El valor económico total de la obra cubierta por la garantía del Estado asciende a
dieciocho millones quinientos noventa y cuatro mil doscientos setenta y dos euros con
noventa y seis céntimos (18.594.272,96 euros). Dado que la valoración de la obra
cubierta por la garantía del Estado se encuentra expresada en divisas, el valor
económico expresado en esta Orden es una aproximación en euros, utilizando para ello
los contravalores resultantes de la aplicación de los tipos de cambio del euro fijados por
Resolución del Banco de España correspondiente del día 10 de junio de 2024 (BOE
cve: BOE-A-2024-16673
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Cobertura de la garantía del Estado.
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103539
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
16673
Orden CLT/853/2024, de 1 de agosto, por la que se otorga la garantía del
Estado al depósito de la obra «The Glade» (El Claro), 1959, de Alberto
Giacometti, para su exhibición en la exposición permanente del Museo
Nacional Thyssen-Bornemisza.
A petición de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza.
De conformidad con la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de
junio, del Patrimonio Histórico Español, y del Real Decreto 1680/1991, de 15 de
noviembre, por el que se desarrolla dicha disposición adicional sobre garantía del Estado
para obras de interés cultural.
Vistos el acuerdo favorable de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de
Bienes del Patrimonio Histórico Español, adoptado en su reunión plenaria del 19 de junio
de 2024, y los informes de la Abogacía del Estado del Ministerio de Cultura emitido con
fecha del 22 de julio de 2024, y de la Subdirección General de la Oficina Presupuestaria
con fecha del 17 de julio de 2024, y una vez fiscalizado de conformidad por la
Intervención Delegada en el Departamento.
De conformidad con la propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural y
Bellas Artes formulada el 23 de julio de 2024, en cumplimiento del artículo 3 del Real
Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, dispongo:
Primero.
Otorgamiento de la garantía del Estado.
Otorgar la garantía del Estado a la obra que figura en la solicitud de la institución y en
el anexo de esta Orden con el alcance, efectos y límites que más adelante se expresan.
Segundo.
Objeto.
1. El Estado se compromete a indemnizar por la destrucción, pérdida, sustracción o
daño de la obra que figura en el anexo de esta Orden, de acuerdo con el valor y las
condiciones expresadas en la solicitud de la institución.
2. Cualquier alteración de las condiciones expresadas en la solicitud deberá ser
comunicada con antelación suficiente al Ministerio de Cultura por la institución solicitante,
siendo necesaria la conformidad expresa del mismo para que la garantía surta efecto en
relación con el término alterado.
1. La garantía otorgada se circunscribe exclusivamente a la obra que figura en la
solicitud de la institución y en el anexo de esta Orden, a los efectos de su exhibición en
el Museo Nacional Thyssen-Bornemisza, sito en Paseo del Prado, 8, en Madrid, en la
exposición permanente, la cual tendrá una duración desde el 20 de septiembre de 2024
al 19 de septiembre de 2025.
2. El valor económico total de la obra cubierta por la garantía del Estado asciende a
dieciocho millones quinientos noventa y cuatro mil doscientos setenta y dos euros con
noventa y seis céntimos (18.594.272,96 euros). Dado que la valoración de la obra
cubierta por la garantía del Estado se encuentra expresada en divisas, el valor
económico expresado en esta Orden es una aproximación en euros, utilizando para ello
los contravalores resultantes de la aplicación de los tipos de cambio del euro fijados por
Resolución del Banco de España correspondiente del día 10 de junio de 2024 (BOE
cve: BOE-A-2024-16673
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Cobertura de la garantía del Estado.