V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. (BOE-B-2024-28768)
Resolución de la Dirección General de Calidad Agroalimentaria y Producto Local por la que se da publicidad a la solicitud de tramitación de modificación del pliego de condiciones de la Indicación Geográfica Protegida "Mallorca".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. V-B. Pág. 44514
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS
28768
Re solución de la Dire cción Ge ne ral de Calidad Agroalime ntaria y
Producto Local por la que se da publicidad a la solicitud de tramitación
de modificación del pliego de condiciones de la Indicación Geográfica
Protegida "Mallorca".
El 18 de julio de 2024, el Consejo Regulador de la Indicación Geográfica
Protegida Mallorca presentó una solicitud de modificación del pliego de
condiciones de la Indicación Geográfica Protegida "Mallorca".
La tramitación se realiza de acuerdo con lo previsto en el artículo 8 del Real
Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la
tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen
protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y
la oposición a ellas, y por tanto se someterá a un procedimiento de oposición
nacional.
El artículo 30.43 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears de 2007,
establece que la Comunidad Autónoma tiene la competencia exclusiva en materia
de denominaciones de origen y otras indicaciones de procedencia relativas a los
productos de la Comunidad Autónoma, título competencial que legitima esta
tramitación que establece el artículo 58.1 del Estatuto.
Por todo ello, en virtud de las facultades que tengo atribuidas en materia de
indicaciones geográficas de acuerdo con el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la
presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la
estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la
Comunidad Autónoma de las Illes Balears,
Resuelvo
Artículo 1. Procedimiento de oposición
Iniciar el procedimiento de oposición nacional a la solicitud de aprobación de
modificación normal del Pliego de condiciones de la Indicación Geográfica
Protegida "Mallorca" presentada por el Consejo Regulador de la Indicación
Geográfica Protegida Mallorca.
Artículo 2. Exposición pública
https://www.caib.es/sites/qualitatagroalimentaria/es/vi_de_la_terra_mallorca675/
Artículo 3. Plazos
Se establece un plazo de dos meses, a contar desde la publicación de esta
resolución en el Boletín Oficial del Estado, para que cualquier persona física o
jurídica interesada, establecida o que resida legalmente en España, cuyos
legítimos derechos o intereses considere afectados, pueda oponerse a la
cve: BOE-B-2024-28768
Verificable en https://www.boe.es
Exponer el pliego de condiciones y el documento único de la Indicación
Geográfica Protegida "Mallorca" en la página web de la Comunidad Autónoma de
las Illes Balears.
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. V-B. Pág. 44514
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28768
Re solución de la Dire cción Ge ne ral de Calidad Agroalime ntaria y
Producto Local por la que se da publicidad a la solicitud de tramitación
de modificación del pliego de condiciones de la Indicación Geográfica
Protegida "Mallorca".
El 18 de julio de 2024, el Consejo Regulador de la Indicación Geográfica
Protegida Mallorca presentó una solicitud de modificación del pliego de
condiciones de la Indicación Geográfica Protegida "Mallorca".
La tramitación se realiza de acuerdo con lo previsto en el artículo 8 del Real
Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la
tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen
protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y
la oposición a ellas, y por tanto se someterá a un procedimiento de oposición
nacional.
El artículo 30.43 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears de 2007,
establece que la Comunidad Autónoma tiene la competencia exclusiva en materia
de denominaciones de origen y otras indicaciones de procedencia relativas a los
productos de la Comunidad Autónoma, título competencial que legitima esta
tramitación que establece el artículo 58.1 del Estatuto.
Por todo ello, en virtud de las facultades que tengo atribuidas en materia de
indicaciones geográficas de acuerdo con el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la
presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la
estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la
Comunidad Autónoma de las Illes Balears,
Resuelvo
Artículo 1. Procedimiento de oposición
Iniciar el procedimiento de oposición nacional a la solicitud de aprobación de
modificación normal del Pliego de condiciones de la Indicación Geográfica
Protegida "Mallorca" presentada por el Consejo Regulador de la Indicación
Geográfica Protegida Mallorca.
Artículo 2. Exposición pública
https://www.caib.es/sites/qualitatagroalimentaria/es/vi_de_la_terra_mallorca675/
Artículo 3. Plazos
Se establece un plazo de dos meses, a contar desde la publicación de esta
resolución en el Boletín Oficial del Estado, para que cualquier persona física o
jurídica interesada, establecida o que resida legalmente en España, cuyos
legítimos derechos o intereses considere afectados, pueda oponerse a la
cve: BOE-B-2024-28768
Verificable en https://www.boe.es
Exponer el pliego de condiciones y el documento único de la Indicación
Geográfica Protegida "Mallorca" en la página web de la Comunidad Autónoma de
las Illes Balears.