III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-16597)
Resolución de 29 de julio de 2024, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Marcelino Botín-Sanz de Sautuola y López, para la realización del espectáculo "Recreo".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192

Viernes 9 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 103115

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
16597

Resolución de 29 de julio de 2024, de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Marcelino
Botín-Sanz de Sautuola y López, para la realización del espectáculo
«Recreo».

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y la Fundación Marcelino
Botín-Sanz de Sautuola y López, han suscrito, con fecha 29 de julio de 2024, un
convenio para la realización del espectáculo «Recreo», a celebrar por esta Universidad
en el marco de la programación académica de 2024, por lo que conforme a lo previsto en
el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 29 de julio de 2024.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., P.D. (Resolución de 24 de abril de 2019), el Gerente, Rafael Álvarez
Luque.
ANEXO
Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y la Fundación
Marcelino Botín-Sanz de Sautuola y López para colaborar en la realización
del espectáculo «Recreo»
REUNIDOS

Los presentes declaran que las facultades y poderes con los que actúan se
encuentran vigentes y que no les han sido limitados, suspendidos o revocados, y que, en
su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este documento;
capacidad que mutuamente se reconocen,
EXPONEN
I. Que la UIMP es un organismo autónomo dependiente del Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades, de acuerdo con lo establecido en el apartado 3.a) del

cve: BOE-A-2024-16597
Verificable en https://www.boe.es

De una parte, don Carlos Andradas Heranz, actuando en nombre y representación
de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P. –en adelante UIMP–
(organismo con NIF Q-2818022-B y domicilio social en calle Isaac Peral, n.º 23, 28040
Madrid), en su condición de Rector Magnífico de la misma, cargo para el que fue
nombrado por Real Decreto 872/2021, de 5 de octubre, y en el ejercicio de las
competencias atribuidas en el artículo 12.4 del Estatuto de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo, aprobado por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril.
Y de otra, don Íñigo Sáenz de Miera Cárdenas, actuando en nombre y
representación de la Fundación Marcelino Botín-Sanz de Sautuola y López –en adelante
Fundación Botín– (entidad con NIF G-39013164 y domicilio social en calle Pedrueca,
n.º 1, 39003 Santander), en su condición de Director General de la misma, en virtud de
los poderes que le fueron conferidos por el Patronato de la Fundación en reunión
celebrada el 31 de marzo de 2016 y elevados a público ante el Ilustre Notario de
Santander don Juan de Dios Valenzuela García el 18 de mayo de 2016 con el
número 1.057 de su protocolo.