II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-16559)
Resolución de 27 de julio de 2024, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 102617
– Las víctimas de violencia de género.
– Las familias numerosas, en los siguientes términos:
a) 100 % de exención a los miembros de familias de categoría especial.
b) 50 % de exención a los miembros de familias de categoría general.
Al efecto de la presentación de la instancia, los aspirantes podrán consultar las
normas de presentación de documentación ante el Registro General de la Universidad
de Alcalá, en el siguiente enlace: https://www.uah.es/export/sites/uah/es/conoce-la-uah/
organizacion-y-gobierno/.galleries/galeria-de-descargas-de-servicios-adminstrativos/
Registro-Web.pdf.
El anexo II de esta convocatoria (instancia), podrá obtenerse también en la siguiente
dirección de la página web de la Universidad de Alcalá: https://www.uah.es/es/empleopublico/PDI/impresos/.
Cuarta.
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de
quince días hábiles, la Universidad hará públicas las listas provisionales de admitidos y
excluidos en la siguiente dirección de internet: https://www.uah.es/es/empleopublico/PDI/convocatoria/. (Personal Docente e Investigador –PDI–).
Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles para subsanar el motivo
de exclusión o, en su caso, para formular reclamación.
4.2 Finalizado el plazo anterior, la Universidad hará pública por los mismos medios
antes indicados la resolución declarando aprobada las listas definitivas de candidatos
admitidos y excluidos. Contra esta resolución, los interesados podrán interponer recurso
potestativo de reposición, en el plazo de un mes, o contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses, en ambos casos a contar desde el día siguiente a su publicación.
La composición de las Comisiones es la que figura en el anexo III de esta
convocatoria.
En lo relativo a la constitución, sustituciones y funcionamiento de las mismas se
estará a lo previsto en el artículo 6 de la Normativa reguladora de los concursos de
acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios aprobada por el Consejo de
Gobierno de la Universidad de Alcalá en fecha 25 de abril de 2024 y, en lo que aplique,
en el artículo 113 de los Estatutos de esta Universidad.
Las Comisiones deberán constituirse dentro de los dos meses siguientes a la fecha
de publicación de las listas definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as. Para
ello, los/las Presidentes/as de la Comisiones, realizadas las consultas pertinentes con los
restantes miembros, convocará a los/las Vocales titulares y, en su caso, suplentes, para
proceder a los actos de constitución de las mismas, fijando día, hora y lugar, que les
deberá ser notificado con una antelación mínima de diez días hábiles. Dicha constitución
será, preferentemente, por medios electrónicos con las herramientas telemáticas
soportadas por la Universidad de Alcalá.
La constitución de las Comisiones exigirá la presencia de la totalidad de sus
miembros titulares. Si alguno no concurriera al acto, cesará y será sustituido por una de
las personas designadas como suplente.
Para que la Comisión pueda actuar válidamente será necesaria la presencia de la
persona que ocupe la presidencia, de la persona que ocupe la secretaría y de, al menos,
la mitad más una de las personas designadas como Vocales.
En el acto de constitución, cada comisión fijará y hará público, antes del acto de
presentación de las personas candidatas admitidas definitivas, el baremo desglosado
cve: BOE-A-2024-16559
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 102617
– Las víctimas de violencia de género.
– Las familias numerosas, en los siguientes términos:
a) 100 % de exención a los miembros de familias de categoría especial.
b) 50 % de exención a los miembros de familias de categoría general.
Al efecto de la presentación de la instancia, los aspirantes podrán consultar las
normas de presentación de documentación ante el Registro General de la Universidad
de Alcalá, en el siguiente enlace: https://www.uah.es/export/sites/uah/es/conoce-la-uah/
organizacion-y-gobierno/.galleries/galeria-de-descargas-de-servicios-adminstrativos/
Registro-Web.pdf.
El anexo II de esta convocatoria (instancia), podrá obtenerse también en la siguiente
dirección de la página web de la Universidad de Alcalá: https://www.uah.es/es/empleopublico/PDI/impresos/.
Cuarta.
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de
quince días hábiles, la Universidad hará públicas las listas provisionales de admitidos y
excluidos en la siguiente dirección de internet: https://www.uah.es/es/empleopublico/PDI/convocatoria/. (Personal Docente e Investigador –PDI–).
Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles para subsanar el motivo
de exclusión o, en su caso, para formular reclamación.
4.2 Finalizado el plazo anterior, la Universidad hará pública por los mismos medios
antes indicados la resolución declarando aprobada las listas definitivas de candidatos
admitidos y excluidos. Contra esta resolución, los interesados podrán interponer recurso
potestativo de reposición, en el plazo de un mes, o contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses, en ambos casos a contar desde el día siguiente a su publicación.
La composición de las Comisiones es la que figura en el anexo III de esta
convocatoria.
En lo relativo a la constitución, sustituciones y funcionamiento de las mismas se
estará a lo previsto en el artículo 6 de la Normativa reguladora de los concursos de
acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios aprobada por el Consejo de
Gobierno de la Universidad de Alcalá en fecha 25 de abril de 2024 y, en lo que aplique,
en el artículo 113 de los Estatutos de esta Universidad.
Las Comisiones deberán constituirse dentro de los dos meses siguientes a la fecha
de publicación de las listas definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as. Para
ello, los/las Presidentes/as de la Comisiones, realizadas las consultas pertinentes con los
restantes miembros, convocará a los/las Vocales titulares y, en su caso, suplentes, para
proceder a los actos de constitución de las mismas, fijando día, hora y lugar, que les
deberá ser notificado con una antelación mínima de diez días hábiles. Dicha constitución
será, preferentemente, por medios electrónicos con las herramientas telemáticas
soportadas por la Universidad de Alcalá.
La constitución de las Comisiones exigirá la presencia de la totalidad de sus
miembros titulares. Si alguno no concurriera al acto, cesará y será sustituido por una de
las personas designadas como suplente.
Para que la Comisión pueda actuar válidamente será necesaria la presencia de la
persona que ocupe la presidencia, de la persona que ocupe la secretaría y de, al menos,
la mitad más una de las personas designadas como Vocales.
En el acto de constitución, cada comisión fijará y hará público, antes del acto de
presentación de las personas candidatas admitidas definitivas, el baremo desglosado
cve: BOE-A-2024-16559
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.