II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-16559)
Resolución de 27 de julio de 2024, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 102615
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
UNIVERSIDADES
16559
Resolución de 27 de julio de 2024, de la Universidad de Alcalá, por la que se
convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
Una vez autorizada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su
sesión de 12 de junio de 2024, la convocatoria de plazas de funcionarios de los cuerpos
docentes correspondientes al 120 % de la tasa de reposición de plazas de funcionarios
docentes en virtud de las bajas producidas en el año 2023, asimismo aprobadas por el
Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá, en su sesión de 20 de junio de 2024, y
tras la publicación de la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador
para el ejercicio 2024 de la Universidad de Alcalá por Resolución de fecha 28 de junio
de 2024 (BOCM de 15 de julio de 2024),
Este Rectorado ha resuelto convocar a concursos de acceso las plazas que se
relacionan en el anexo I de la presente resolución de acuerdo con lo establecido en la
Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; el Real
Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el
acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a
plazas de dichos cuerpos; por los Estatutos de la Universidad de Alcalá en todo lo que
no se oponga a las normas precedentes; por la normativa reguladora de los concursos
de acceso a las plazas de los cuerpos docentes universitarios –aprobada por el Consejo
de Gobierno de esta Universidad en fecha 25 de abril de 2024– y por las demás normas
de carácter general que resulten de aplicación, garantizando el respeto a los principios
de publicidad, mérito, capacidad, igualdad, libre concurrencia y transparencia, y con
arreglo a las bases que a continuación se indican:
Primera.
a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión
Europea o de los Estados en los que es de aplicación la libre circulación de trabajadores,
así como sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho, y los
descendientes y los de sus cónyuges, menores de veintiún años o mayores de dicha
edad que vivan a sus expensas.
En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso
selectivo deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de
parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real
Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración
General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que
es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se
realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes de su país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la
que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas.
Si la solicitud es presentada por personas extranjeras cuya lengua materna sea
diferente del castellano, en el momento de presentación de las solicitudes, deberán estar
en posesión de una certificación oficial de nivel de idiomas de C1, conforme al Marco
Común Europeo de Referencia de Lenguas, en español.
cve: BOE-A-2024-16559
Verificable en https://www.boe.es
Para ser admitido a estos concursos son necesarios los siguientes requisitos
generales:
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 102615
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
UNIVERSIDADES
16559
Resolución de 27 de julio de 2024, de la Universidad de Alcalá, por la que se
convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
Una vez autorizada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su
sesión de 12 de junio de 2024, la convocatoria de plazas de funcionarios de los cuerpos
docentes correspondientes al 120 % de la tasa de reposición de plazas de funcionarios
docentes en virtud de las bajas producidas en el año 2023, asimismo aprobadas por el
Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá, en su sesión de 20 de junio de 2024, y
tras la publicación de la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador
para el ejercicio 2024 de la Universidad de Alcalá por Resolución de fecha 28 de junio
de 2024 (BOCM de 15 de julio de 2024),
Este Rectorado ha resuelto convocar a concursos de acceso las plazas que se
relacionan en el anexo I de la presente resolución de acuerdo con lo establecido en la
Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; el Real
Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el
acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a
plazas de dichos cuerpos; por los Estatutos de la Universidad de Alcalá en todo lo que
no se oponga a las normas precedentes; por la normativa reguladora de los concursos
de acceso a las plazas de los cuerpos docentes universitarios –aprobada por el Consejo
de Gobierno de esta Universidad en fecha 25 de abril de 2024– y por las demás normas
de carácter general que resulten de aplicación, garantizando el respeto a los principios
de publicidad, mérito, capacidad, igualdad, libre concurrencia y transparencia, y con
arreglo a las bases que a continuación se indican:
Primera.
a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión
Europea o de los Estados en los que es de aplicación la libre circulación de trabajadores,
así como sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho, y los
descendientes y los de sus cónyuges, menores de veintiún años o mayores de dicha
edad que vivan a sus expensas.
En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso
selectivo deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de
parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real
Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración
General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que
es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se
realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes de su país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la
que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas.
Si la solicitud es presentada por personas extranjeras cuya lengua materna sea
diferente del castellano, en el momento de presentación de las solicitudes, deberán estar
en posesión de una certificación oficial de nivel de idiomas de C1, conforme al Marco
Común Europeo de Referencia de Lenguas, en español.
cve: BOE-A-2024-16559
Verificable en https://www.boe.es
Para ser admitido a estos concursos son necesarios los siguientes requisitos
generales: