III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-16565)
Resolución de 23 de julio de 2024, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Universidad Antonio de Nebrija, para la realización de prácticas externas no remuneradas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192

Viernes 9 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 102661

Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, es una entidad de Derecho
Público adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación a
través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional (SECI).
Segundo.
Que la Universidad Antonio de Nebrija es una universidad privada, reconocida
oficialmente mediante la Ley 23/1995, de 17 de julio (BOE de 18 de julio de 1995), y
que dentro de sus objetivos se encuentra el de articular programas de colaboración
universidad-empresas e instituciones para el desarrollo de programas docentes, proyectos
de investigación aplicada o formación práctica de sus alumnos en empresas e instituciones,
y que mantiene un compromiso con la sociedad que va más allá de su actividad
empresarial, que conoce iniciativas que lleva a cabo la AECID y que quiere colaborar
con ella.
Tercero.
Que la formación que ofrece la Universidad Antonio de Nebrija. debe basarse tanto
en la teoría como en la práctica, proporcionando a los alumnos una orientación
profesional que les permita incorporarse al mercado de trabajo en condiciones idóneas y
responder con eficacia y garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
Cuarto.
Que la AECID comparte con la Universidad Antonio de Nebrija el interés por
contribuir a la formación en materia de cooperación internacional para el desarrollo de
titulados superiores universitarios, y manifiesta su deseo de colaborar en la formación de
los alumnos de ese centro educativo, al objeto de completar sus conocimientos teóricos
y habilidades, a través de la realización de prácticas curriculares y extracurriculares.
Quinto.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ha sido informado
favorablemente por la Asesoría Jurídica de la AECID y su firma ha sido autorizada por el
Ministerio de Hacienda, con fecha 20 de marzo de 2024.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio para la
participación del alumnado en la AECID, para la realización de prácticas académicas
externas curriculares y extracurriculares no remuneradas, que se regirá por las
siguientes,
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones por las que
estudiantes de grado y posgrado de la Universidad Antonio de Nebrija realizarán
un programa de prácticas académicas externas curriculares y extracurriculares no
remuneradas, de cualquier enseñanza impartida por la Universidad, dentro de cualquiera
de las áreas de trabajo de la AECID, ya sea en sus Servicios Centrales o en las Oficinas
de Cooperación de la AECID en el exterior y siempre de acuerdo con el Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio por el que se regulan las prácticas académicas externas
de los estudiantes universitarios.

cve: BOE-A-2024-16565
Verificable en https://www.boe.es

Primera.