III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Ayudas. (BOE-A-2024-16577)
Orden TES/848/2024, de 3 de agosto, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2024, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, créditos del ámbito laboral financiados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192
1.1.1.b
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 102864
1002 - Total de demandantes diferentes que se emplearon con contrato indefinido en el periodo de
referencia.
Fuente
SISPE.
Extracción de demandantes diferentes que en el periodo de referencia:
Proceso de obtención
-
o bien obtuvieron un empleo por cuenta ajena con un contrato
indefinido,
-
o bien tuvieron una conversión de contrato temporal a indefinido. En
este caso se considerará que a la fecha de inicio de la conversión no
tiene por qué tener la condición de demandante
La fecha de inicio del empleo indefinido o de la conversión a indefinido estará
comprendida entre 01/01/2024 y 31/12/2024.
Periodo de referencia
para el empleo
-
Contratos indefinidos iniciados entre 01/01/2024 y 31/12/2024
-
Conversiones de contrato temporal a indefinido realizadas entre
01/01/2024 y 31/12/2024
Observaciones
1.1.1‐ Criterios comunes a varios elementos:
Periodo de referencia para la
Haber permanecido en situación administrativa de alta o suspensión en algún
inscripción
momento entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2024
Contratos comunicados a Contrat@, cuya fecha de inicio esté comprendida en el
periodo de referencia:
Observaciones
Umbral mínimo: Min1.1.1
Umbral máximo: Max1.1.1
-
Contratos indefinidos iniciados en el periodo de referencia cuyo primer
dígito de la comunicación del contrato sea 1, 2 o 3
-
Conversión de contrato temporal a indefinido realizadas en el periodo de
referencia con códigos de contrato: 109, 139, 189, 209, 239, 289, 309,
339, 389
Una persona solo puede contabilizarse una vez, aunque haya recibido varias
atenciones o haya obtenido varios empleos, o se haya inscrito varias veces, y
con independencia de que su inscripción se haya realizado en años anteriores.
Datos de la Comunidad Autónoma que presta el servicio
Se aplicarán los umbrales que coincidan con el mínimo y el
máximo
cve: BOE-A-2024-16577
Verificable en https://www.boe.es
Emplearse con un contrato indefinido
(o conversión de contrato temporal a
indefinido)
Núm. 192
1.1.1.b
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 102864
1002 - Total de demandantes diferentes que se emplearon con contrato indefinido en el periodo de
referencia.
Fuente
SISPE.
Extracción de demandantes diferentes que en el periodo de referencia:
Proceso de obtención
-
o bien obtuvieron un empleo por cuenta ajena con un contrato
indefinido,
-
o bien tuvieron una conversión de contrato temporal a indefinido. En
este caso se considerará que a la fecha de inicio de la conversión no
tiene por qué tener la condición de demandante
La fecha de inicio del empleo indefinido o de la conversión a indefinido estará
comprendida entre 01/01/2024 y 31/12/2024.
Periodo de referencia
para el empleo
-
Contratos indefinidos iniciados entre 01/01/2024 y 31/12/2024
-
Conversiones de contrato temporal a indefinido realizadas entre
01/01/2024 y 31/12/2024
Observaciones
1.1.1‐ Criterios comunes a varios elementos:
Periodo de referencia para la
Haber permanecido en situación administrativa de alta o suspensión en algún
inscripción
momento entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2024
Contratos comunicados a Contrat@, cuya fecha de inicio esté comprendida en el
periodo de referencia:
Observaciones
Umbral mínimo: Min1.1.1
Umbral máximo: Max1.1.1
-
Contratos indefinidos iniciados en el periodo de referencia cuyo primer
dígito de la comunicación del contrato sea 1, 2 o 3
-
Conversión de contrato temporal a indefinido realizadas en el periodo de
referencia con códigos de contrato: 109, 139, 189, 209, 239, 289, 309,
339, 389
Una persona solo puede contabilizarse una vez, aunque haya recibido varias
atenciones o haya obtenido varios empleos, o se haya inscrito varias veces, y
con independencia de que su inscripción se haya realizado en años anteriores.
Datos de la Comunidad Autónoma que presta el servicio
Se aplicarán los umbrales que coincidan con el mínimo y el
máximo
cve: BOE-A-2024-16577
Verificable en https://www.boe.es
Emplearse con un contrato indefinido
(o conversión de contrato temporal a
indefinido)