V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. (BOE-B-2024-28766)
Anuncio de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales por el que se somete a información pública un extracto del expediente administrativo sobre la constitución de limitaciones a la propiedad y a la intensidad de campo eléctrico para la protección radioeléctrica de la estación de radioastronomía del observatorio de Yebes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. V-B. Pág. 44506
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
28766
Anuncio de la Se cre taría de Estado de Te le comunicacione s e
Infraestructuras Digitales por el que se somete a información pública un
e xtracto de l e xpe die nte administrativo sobre la constitución de
limitaciones a la propiedad y a la intensidad de campo eléctrico para la
prote cción radioe léctrica de la e stación de radioastronomía de l
obse rvatorio de Ye be s.
La Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones prevé en su
artículo 47 la posibilidad de "establecer las limitaciones a la propiedad y a la
intensidad de campo eléctrico y las servidumbres que resulten necesarias para la
protección radioeléctrica de determinadas instalaciones o para asegurar el
adecuado funcionamiento de estaciones o instalaciones radioeléctricas utilizadas
para la prestación de servicios públicos, por motivos de seguridad pública o
cuando así sea necesario en virtud de acuerdos internacionales, en los términos
establecidos en su Disposición adicional segunda y las normas de desarrollo de
esta Ley".
La citada disposición adicional segunda de la Ley 11/2022, de 28 de junio,
relativa a Limitaciones y Servidumbres, recoge en su apartado segundo la
posibilidad de establecer limitaciones a la propiedad y servidumbres más gravosas
de las allí fijadas, con base en la normativa legal vigente aplicable a la
radioastronomía. Asimismo, la letra a) de su apartado 3 contiene una tabla con las
limitaciones de nivel máximo admisible de densidad espectral de flujo de potencia
que protegen a las estaciones dedicadas a la observación radioastronómica contra
interferencia perjudicial en las bandas especificadas.
Por su parte, el Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico,
aprobado por Real Decreto 123/2017, de 24 de febrero, desarrolla en sus artículos
106 y siguientes el régimen aplicable a las limitaciones y servidumbres para la
protección de determinadas instalaciones radioeléctricas, estableciendo en su
artículo 108 el procedimiento a seguir para la constitución de limitaciones, que será
iniciado por la actual Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e
Infraestructuras Digitales.
Finalmente, la Orden CTE/1444/2003, de 22 de mayo, por la que se establecen
limitaciones a la propiedad y servidumbres para la protección radioeléctrica del
Centro Astronómico de Yebes, otorga una protección específica al Observatorio de
Yebes. Sin embargo, esta Orden debe actualizarse y ser sustituida por una nueva
norma que tenga en cuenta los avances tecnológicos producidos, así como los
nuevos tipos de infraestructuras e instalaciones tanto radioeléctricas como
elementos constructivos que potencialmente podrían instalarse en el entorno de la
estación de radioastronomía del Observatorio de Yebes.
cve: BOE-B-2024-28766
Verificable en https://www.boe.es
El Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias, aprobado mediante la Orden
EDT/1449/2021, de 16 de diciembre, y modificado por la Orden ETD/625/2023, de
12 de junio, establece, entre otras, las bandas de frecuencia atribuidas a la
Radioastronomía con carácter primario y secundario en todo el territorio nacional.
Las notas de Utilización Nacional UN-94, UN-133 y UN-163 de dicho Cuadro
Nacional de Atribución de Frecuencias, incluyen medidas específicas de protección
de la Estación de Radioastronomía del Observatorio de Yebes en determinadas
bandas de frecuencia.
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. V-B. Pág. 44506
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MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
28766
Anuncio de la Se cre taría de Estado de Te le comunicacione s e
Infraestructuras Digitales por el que se somete a información pública un
e xtracto de l e xpe die nte administrativo sobre la constitución de
limitaciones a la propiedad y a la intensidad de campo eléctrico para la
prote cción radioe léctrica de la e stación de radioastronomía de l
obse rvatorio de Ye be s.
La Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones prevé en su
artículo 47 la posibilidad de "establecer las limitaciones a la propiedad y a la
intensidad de campo eléctrico y las servidumbres que resulten necesarias para la
protección radioeléctrica de determinadas instalaciones o para asegurar el
adecuado funcionamiento de estaciones o instalaciones radioeléctricas utilizadas
para la prestación de servicios públicos, por motivos de seguridad pública o
cuando así sea necesario en virtud de acuerdos internacionales, en los términos
establecidos en su Disposición adicional segunda y las normas de desarrollo de
esta Ley".
La citada disposición adicional segunda de la Ley 11/2022, de 28 de junio,
relativa a Limitaciones y Servidumbres, recoge en su apartado segundo la
posibilidad de establecer limitaciones a la propiedad y servidumbres más gravosas
de las allí fijadas, con base en la normativa legal vigente aplicable a la
radioastronomía. Asimismo, la letra a) de su apartado 3 contiene una tabla con las
limitaciones de nivel máximo admisible de densidad espectral de flujo de potencia
que protegen a las estaciones dedicadas a la observación radioastronómica contra
interferencia perjudicial en las bandas especificadas.
Por su parte, el Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico,
aprobado por Real Decreto 123/2017, de 24 de febrero, desarrolla en sus artículos
106 y siguientes el régimen aplicable a las limitaciones y servidumbres para la
protección de determinadas instalaciones radioeléctricas, estableciendo en su
artículo 108 el procedimiento a seguir para la constitución de limitaciones, que será
iniciado por la actual Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e
Infraestructuras Digitales.
Finalmente, la Orden CTE/1444/2003, de 22 de mayo, por la que se establecen
limitaciones a la propiedad y servidumbres para la protección radioeléctrica del
Centro Astronómico de Yebes, otorga una protección específica al Observatorio de
Yebes. Sin embargo, esta Orden debe actualizarse y ser sustituida por una nueva
norma que tenga en cuenta los avances tecnológicos producidos, así como los
nuevos tipos de infraestructuras e instalaciones tanto radioeléctricas como
elementos constructivos que potencialmente podrían instalarse en el entorno de la
estación de radioastronomía del Observatorio de Yebes.
cve: BOE-B-2024-28766
Verificable en https://www.boe.es
El Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias, aprobado mediante la Orden
EDT/1449/2021, de 16 de diciembre, y modificado por la Orden ETD/625/2023, de
12 de junio, establece, entre otras, las bandas de frecuencia atribuidas a la
Radioastronomía con carácter primario y secundario en todo el territorio nacional.
Las notas de Utilización Nacional UN-94, UN-133 y UN-163 de dicho Cuadro
Nacional de Atribución de Frecuencias, incluyen medidas específicas de protección
de la Estación de Radioastronomía del Observatorio de Yebes en determinadas
bandas de frecuencia.