III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Convenios. (BOE-A-2024-16465)
Resolución de 6 de agosto de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Sax, para el desarrollo del programa de formación abierta "Aula Mentor".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 191

Jueves 8 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 102172

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
16465

Resolución de 6 de agosto de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Sax, para el desarrollo
del programa de formación abierta «Aula Mentor».

El Ayuntamiento de Sax y el Ministerio de Educación, Formación Profesional
y Deportes, han suscrito, con fecha 24 de julio de 2024, un convenio para el desarrollo
del programa de formación abierta denominado «Aula Mentor», por lo que conforme a lo
previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, una vez inscrito en el Registro electrónico Estatal de Órganos
e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en
el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta
resolución.
Madrid, 6 de agosto de 2024.–La Secretaria General Técnica, P. S. (Real
Decreto 274/2024, de 19 de marzo), la Vicesecretaria General Técnica, Clara
Castellanos Segado.
ANEXO
Convenio entre el Ayuntamiento de Sax y el Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes para el desarrollo del programa de formación abierta
denominado «Aula Mentor»
REUNIDOS
De una parte, doña Laura Estevan Antolín, Alcaldesa del Ayuntamiento de Sax,
nombrada por el pleno en fecha 17 de junio de 2023.
De otra parte, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, con
domicilio social en calle Alcalá, 34, Madrid, representado en este acto por doña Clara
Sanz López, Secretaria General de Formación Profesional, en virtud del Real Decreto
178/2020, de 29 de enero, por el que se dispone su nombramiento, y actuando en el
ejercicio de la competencia que le otorga el artículo 17.1.d) de la Orden EFP/43/2021,
de 21 de enero, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos y de delegación de competencias.

EXPONEN
I. Que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el artículo 5.4
establece que «corresponde a las Administraciones públicas promover ofertas de
aprendizaje flexibles que permitan la adquisición de competencias básicas y, en su caso,
las correspondientes titulaciones, a aquellos jóvenes y adultos que abandonaron el
sistema educativo sin ninguna titulación».

cve: BOE-A-2024-16465
Verificable en https://www.boe.es

En adelante, ambas entidades serán denominadas de manera conjunta como las
Partes.
Ambas Partes, que actúan en razón de las facultades que sus respectivos cargos les
otorgan, se reconocen la capacidad necesaria para formalizar el presente convenio y, a
tal fin,