III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Convenios. (BOE-A-2024-16462)
Resolución de 6 de agosto de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Puerto Lápice, para el desarrollo del programa de formación abierta "Aula Mentor".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 102155

Asimismo, las Partes se comprometen a promocionar las iniciativas llevadas a cabo
al amparo de este acuerdo, mostrando de forma visible la colaboración establecida. La
Unidad de Orientación Profesional y Aprendizaje a lo largo de la Vida incluirá en el
espacio web de «Aula Mentor» los datos del Ayuntamiento de Puerto Lápice mientras
que el Ayuntamiento de Puerto Lápice identificará en las instalaciones y en su página
web la colaboración establecida con el Ministerio de Educación, Formación Profesional y
Deportes.
Tercera. Aspectos económicos.
El presente convenio no conlleva traspaso alguno de aportación económica entre las
Partes siguiendo un modelo sostenible de recaudación de la matrícula, no suponiendo
gasto alguno ni para el presupuesto el Ayuntamiento de Puerto Lápice ni para el del
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
En virtud de este convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos
económicos:
Por parte el Ayuntamiento de Puerto Lápice:
– Formalizar cuando proceda, el ingreso en tesorería de Ayuntamiento de Puerto
Lápice de los pagos por matrícula correspondientes al alumnado del «Aula Mentor». La
cantidad mínima establecida con el Ayuntamiento de Puerto Lápice ascenderá a 48
euros y un máximo de 200.000 euros, ingresados en el presupuesto del Ayuntamiento de
Puerto Lápice en la aplicación presupuestaria 39900.
– Asumir, cuando proceda, la compensación económica de los tutores recogida en el
acuerdo de colaboración que estos mantienen con el Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes, en concepto de impartición de cursos, realizando la retención en
concepto de IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago procederá de la
recaudación recibida en concepto de matrícula y se ejecutará en 5 periodos anuales en
base a los informes de gasto emitidos por el Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes. Este cargo será como mínimo de 48 euros y un máximo
de 150.000 euros/año, que será imputado al presupuesto del Ayuntamiento de Puerto
Lápice en la aplicación presupuestaria 944 42000.00 Si durante un periodo no se
formalizara ningún ingreso en concepto de matriculación, el cargo mínimo será 0 euros.
– Asumir los gastos de mantenimiento del «Aula Mentor», que serán como mínimo
de 100 euros y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto del
Ayuntamiento de Puerto Lápice, derivado de los ingresos de la matrícula.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para asumir
las tareas de la administración del Aula, del contrato del responsable o administrador del
«Aula Mentor» del Ayuntamiento de Puerto Lápice que implicará una cantidad mínima
de 1.650 euros al año (incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima
de 24.500 euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de personal del
Ayuntamiento de Puerto Lápice.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para las
tareas de información y orientación a la ciudadanía, del contrato del responsable de la
atención en tareas de información y orientación profesional del Aula Mentor del
Ayuntamiento de Puerto Lápice que implicará una cantidad mínima de 1.650 euros al año
(incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima de 24.500 euros/año
que se imputará al presupuesto de gasto de personal del Ayuntamiento de Puerto
Lápice.
– Remitir a la Unidad de Orientación Profesional y Aprendizaje a lo largo de la Vida
la información de Ayuntamiento de Puerto Lápice necesaria para elaborar la memoria
anual del programa «Aula Mentor», una de cuyas dimensiones es la económica.

cve: BOE-A-2024-16462
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Núm. 191