III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-16506)
Resolución de 31 de julio de 2024, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Generalitat Valenciana, por el que se formaliza la encomienda de gestión para la prestación de funciones de asesoramiento e informe.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 191
Jueves 8 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 102483
Las partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir la presente adenda
y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 1 de septiembre de 2020 se firmó el convenio por el que se formaliza
la encomienda de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) a la Conselleria de Sanidad de la Generalitat
Valenciana para la prestación de funciones de asesoramiento e informe, siendo
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 252, del 22 de septiembre de 2020
(en adelante, convenio).
Segundo.
Que la cláusula quinta del convenio regula su vigencia y establece que la misma se
extiende durante cuatro años desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» una
vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación,
además de prever que puede prorrogarse por acuerdo unánime de las partes por un
periodo de cuatro años adicionales antes de la fecha en que finalice su vigencia.
Tercero.
Al amparo de lo previsto en la cláusula quinta del convenio, y manteniéndose las
mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, las partes entienden que debe
prorrogarse el mismo por un periodo de cuatro años adicionales.
A tal efecto las partes firmantes acuerdan la suscripción de la presente adenda de
prórroga de encomienda de gestión, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Prórroga del convenio.
Las partes acuerdan prorrogar desde el 22 de septiembre de 2024 hasta el 21 de
septiembre de 2028, y una vez cumplido el requisito para la eficacia de la adenda
contemplado en la cláusula tercera, el convenio por el que se formaliza la encomienda
de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del
Estado (MUFACE) a la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana para la
prestación de funciones de asesoramiento e informe.
Segunda. Compromisos económicos.
Tercera. Eficacia.
La presente adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes,
y adquirirá eficacia una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal de conformidad con lo establecido
en el artículo 48.8 y en la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Estatal, debiendo ser publicado en el
plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2024-16506
Verificable en https://www.boe.es
Como compensación por los gastos que puedan ocasionarse, MUFACE abonará a la
Conselleria de Sanidad, con carácter anual, la cantidad de veintiséis mil quinientos
ochenta y siete euros con doce céntimos (26.587,12 €), que se financiará con cargo a la
aplicación presupuestaria 33.102.312E.259.
Núm. 191
Jueves 8 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 102483
Las partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir la presente adenda
y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 1 de septiembre de 2020 se firmó el convenio por el que se formaliza
la encomienda de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) a la Conselleria de Sanidad de la Generalitat
Valenciana para la prestación de funciones de asesoramiento e informe, siendo
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 252, del 22 de septiembre de 2020
(en adelante, convenio).
Segundo.
Que la cláusula quinta del convenio regula su vigencia y establece que la misma se
extiende durante cuatro años desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» una
vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación,
además de prever que puede prorrogarse por acuerdo unánime de las partes por un
periodo de cuatro años adicionales antes de la fecha en que finalice su vigencia.
Tercero.
Al amparo de lo previsto en la cláusula quinta del convenio, y manteniéndose las
mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, las partes entienden que debe
prorrogarse el mismo por un periodo de cuatro años adicionales.
A tal efecto las partes firmantes acuerdan la suscripción de la presente adenda de
prórroga de encomienda de gestión, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Prórroga del convenio.
Las partes acuerdan prorrogar desde el 22 de septiembre de 2024 hasta el 21 de
septiembre de 2028, y una vez cumplido el requisito para la eficacia de la adenda
contemplado en la cláusula tercera, el convenio por el que se formaliza la encomienda
de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del
Estado (MUFACE) a la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana para la
prestación de funciones de asesoramiento e informe.
Segunda. Compromisos económicos.
Tercera. Eficacia.
La presente adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes,
y adquirirá eficacia una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal de conformidad con lo establecido
en el artículo 48.8 y en la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Estatal, debiendo ser publicado en el
plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2024-16506
Verificable en https://www.boe.es
Como compensación por los gastos que puedan ocasionarse, MUFACE abonará a la
Conselleria de Sanidad, con carácter anual, la cantidad de veintiséis mil quinientos
ochenta y siete euros con doce céntimos (26.587,12 €), que se financiará con cargo a la
aplicación presupuestaria 33.102.312E.259.