II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-16435)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Técnico Especialista de Actividades Culturales.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 191
Jueves 8 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 101983
d) Las personas desempleadas que figuren inscritas como demandantes de empleo
con una antelación de, al menos, de seis meses a la fecha de publicación de la presente
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
e) Las personas que acrediten no haber tenido ningún ingreso durante el periodo
indicado en el apartado anterior, o que sus ingresos no hayan superado el importe del
salario mínimo interprofesional en cómputo mensual en tal periodo. Para ello deberán
aportar certificado tributario de la Agencia Tributaria indicando tal situación.
3.6 Las víctimas de violencia de género podrán solicitar la seudonimización de sus
datos identificativos, en los términos previstos en el Acuerdo de 29 de junio de 2021 de
Consejo de Gobierno de la Universidad.
3.7 Las personas aspirantes que tengan reconocida legalmente una discapacidad y
deseen solicitar las adaptaciones correspondientes al objeto de que se pueda garantizar
su igualdad de oportunidades, deberán hacerlo constar en la solicitud, aportando copia
de la correspondiente resolución de reconocimiento. En caso contrario, se entenderá que
renuncian a ellas, sin que sea admitida cualquier solicitud posterior en tal sentido.
4. Documentación a acompañar a las solicitudes
4.1
Será la siguiente, en formato pdf:
a) Documento nacional de identidad.
b) Justificante de la circunstancia acreditativa de su exención o reducción.
En cada caso: reconocimiento como víctima por actos de terrorismo mediante
resolución administrativa o judicial firme; o informe de período ininterrumpido inscrito en
situación de desempleo; certificado de la Agencia Tributaria; o título de familia numerosa
en vigor; o documento acreditativo de la condición de víctima de violencia de género.
c) Acreditación del grado de discapacidad, en su caso.
4.2 La falta de presentación de cualesquiera de los anteriores documentos y
justificaciones podrá constituir causa de exclusión del proceso.
Admisión de aspirantes
5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Rector dictará
resolución aprobando la relación provisional de personas candidatas admitidas y
excluidas, especificando en este último caso la causa o causas de exclusión y otorgando
un plazo de diez días hábiles para su eventual subsanación.
5.2 Transcurrido el plazo para subsanación y una vez resueltas las que se hubieren
presentado, el Sr. Rector dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva de las
personas candidatas admitidas y excluidas.
5.3 Una vez publicadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas, el
Tribunal hará público el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de
oposición que tendrá lugar a partir de los tres meses siguientes a la publicación de esta
convocatoria en el BOE.
Siempre que el número de aspirantes así lo aconseje las pruebas selectivas se
descentralizarán en los campus de Huesca, Teruel y Zaragoza. Para ello, las personas
aspirantes deberán indicar en la solicitud la localidad de preferencia donde desearían
realizar las pruebas o ejercicios de la fase de oposición.
5.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los
restantes ejercicios se efectuarán por el Tribunal con, al menos, cuarenta y ocho horas
de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.
cve: BOE-A-2024-16435
Verificable en https://www.boe.es
5.
Núm. 191
Jueves 8 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 101983
d) Las personas desempleadas que figuren inscritas como demandantes de empleo
con una antelación de, al menos, de seis meses a la fecha de publicación de la presente
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
e) Las personas que acrediten no haber tenido ningún ingreso durante el periodo
indicado en el apartado anterior, o que sus ingresos no hayan superado el importe del
salario mínimo interprofesional en cómputo mensual en tal periodo. Para ello deberán
aportar certificado tributario de la Agencia Tributaria indicando tal situación.
3.6 Las víctimas de violencia de género podrán solicitar la seudonimización de sus
datos identificativos, en los términos previstos en el Acuerdo de 29 de junio de 2021 de
Consejo de Gobierno de la Universidad.
3.7 Las personas aspirantes que tengan reconocida legalmente una discapacidad y
deseen solicitar las adaptaciones correspondientes al objeto de que se pueda garantizar
su igualdad de oportunidades, deberán hacerlo constar en la solicitud, aportando copia
de la correspondiente resolución de reconocimiento. En caso contrario, se entenderá que
renuncian a ellas, sin que sea admitida cualquier solicitud posterior en tal sentido.
4. Documentación a acompañar a las solicitudes
4.1
Será la siguiente, en formato pdf:
a) Documento nacional de identidad.
b) Justificante de la circunstancia acreditativa de su exención o reducción.
En cada caso: reconocimiento como víctima por actos de terrorismo mediante
resolución administrativa o judicial firme; o informe de período ininterrumpido inscrito en
situación de desempleo; certificado de la Agencia Tributaria; o título de familia numerosa
en vigor; o documento acreditativo de la condición de víctima de violencia de género.
c) Acreditación del grado de discapacidad, en su caso.
4.2 La falta de presentación de cualesquiera de los anteriores documentos y
justificaciones podrá constituir causa de exclusión del proceso.
Admisión de aspirantes
5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Rector dictará
resolución aprobando la relación provisional de personas candidatas admitidas y
excluidas, especificando en este último caso la causa o causas de exclusión y otorgando
un plazo de diez días hábiles para su eventual subsanación.
5.2 Transcurrido el plazo para subsanación y una vez resueltas las que se hubieren
presentado, el Sr. Rector dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva de las
personas candidatas admitidas y excluidas.
5.3 Una vez publicadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas, el
Tribunal hará público el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de
oposición que tendrá lugar a partir de los tres meses siguientes a la publicación de esta
convocatoria en el BOE.
Siempre que el número de aspirantes así lo aconseje las pruebas selectivas se
descentralizarán en los campus de Huesca, Teruel y Zaragoza. Para ello, las personas
aspirantes deberán indicar en la solicitud la localidad de preferencia donde desearían
realizar las pruebas o ejercicios de la fase de oposición.
5.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los
restantes ejercicios se efectuarán por el Tribunal con, al menos, cuarenta y ocho horas
de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.
cve: BOE-A-2024-16435
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