II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-16433)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 101964
d) Haber efectuado el pago de 41,50 euros en concepto de derechos de examen
usando el sistema de pago con la tarjeta disponible en el procedimiento de inscripción en
concursos de la Sede Electrónica de la UPM. En casos excepcionales en los que no se
pueda realizar este pago por tarjeta, podrá efectuarlo mediante transferencia bancaria al
número de cuenta «ES19 0049 5121 26 2316021426, del Banco de Santander», con el
concepto «UPM-Concursos: número de plaza, categoría y Fecha de resolución». En
caso de pago por transferencia deberá adjuntarse a la solicitud de concurso un
justificante de la misma.
Están exentos del pago de la tasa, las personas que acrediten de modo fehaciente,
encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
– discapacidad en grado igual o superior al 33 %,
– los desempleados inscritos en oficinas de empleo como demandantes de empleo
con una antigüedad mínima de seis meses,
– las víctimas de violencia de género,
– las víctimas de terrorismo, sus cónyuges e hijos,
– y, los miembros de familias numerosas de categoría especial.
Los miembros de familias numerosas de categoría general contarán con una
exención del 50 % en el pago de las tasas.
La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias
no es subsanable, lo cual determina la exclusión del aspirante.
En ningún caso, la presentación y pago de los derechos de examen supondrá
sustitución del trámite de presentación de la solicitud, en tiempo y forma.
e) En el supuesto de querer optar a una plaza reservada a personas con
discapacidad, dicha opción habrá de formularse en la solicitud de participación, a la que
se adjuntará declaración expresa de que el interesado o interesada reúne un grado de
minusvalía igual o superior al 33 por ciento, acreditado mediante certificado expedido al
efecto por los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, o en su
caso, de la comunidad autónoma.
3.3 Los aspirantes a más de una de las plazas convocadas deberán presentar
solicitud y justificante de pago independientes para cada una de ellas, acompañada de la
correspondiente documentación a aportar.
4.
Admisión de aspirantes
a) Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector o Rectora, dictará
resolución, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. Dicha
resolución, irá acompañada de las listas completas de admitidos y excluidos, las cuales
indicarán, respecto a estos últimos, la causa de exclusión, y se publicará en el Portal
Web de la UPM.
b) Tanto los candidatos excluidos como los omitidos por no figurar ni en la lista de
admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la lista provisional, para subsanar los defectos
que hayan motivado su exclusión u omisión. Dicha subsanación se llevará a cabo a
través de cualquiera de los siguientes links: (https://sede.upm.es/miscandidaturas), en el
apartado «Mis Expedientes / Concursos y Oposiciones / Mis candidaturas» o (https://
sede.upm.es) en el apartado «Mis Expedientes / Concursos y Oposiciones / Mis
candidaturas».
c) Finalizado el plazo de subsanaciones de solicitudes se aprobará la lista definitiva
de admitidos y excluidos, que se publicará en la forma anteriormente establecida.
d) No procederá la devolución de derechos de participación en los supuestos de
exclusión por causa imputable a la persona interesada.
cve: BOE-A-2024-16433
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 191
Jueves 8 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 101964
d) Haber efectuado el pago de 41,50 euros en concepto de derechos de examen
usando el sistema de pago con la tarjeta disponible en el procedimiento de inscripción en
concursos de la Sede Electrónica de la UPM. En casos excepcionales en los que no se
pueda realizar este pago por tarjeta, podrá efectuarlo mediante transferencia bancaria al
número de cuenta «ES19 0049 5121 26 2316021426, del Banco de Santander», con el
concepto «UPM-Concursos: número de plaza, categoría y Fecha de resolución». En
caso de pago por transferencia deberá adjuntarse a la solicitud de concurso un
justificante de la misma.
Están exentos del pago de la tasa, las personas que acrediten de modo fehaciente,
encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
– discapacidad en grado igual o superior al 33 %,
– los desempleados inscritos en oficinas de empleo como demandantes de empleo
con una antigüedad mínima de seis meses,
– las víctimas de violencia de género,
– las víctimas de terrorismo, sus cónyuges e hijos,
– y, los miembros de familias numerosas de categoría especial.
Los miembros de familias numerosas de categoría general contarán con una
exención del 50 % en el pago de las tasas.
La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias
no es subsanable, lo cual determina la exclusión del aspirante.
En ningún caso, la presentación y pago de los derechos de examen supondrá
sustitución del trámite de presentación de la solicitud, en tiempo y forma.
e) En el supuesto de querer optar a una plaza reservada a personas con
discapacidad, dicha opción habrá de formularse en la solicitud de participación, a la que
se adjuntará declaración expresa de que el interesado o interesada reúne un grado de
minusvalía igual o superior al 33 por ciento, acreditado mediante certificado expedido al
efecto por los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, o en su
caso, de la comunidad autónoma.
3.3 Los aspirantes a más de una de las plazas convocadas deberán presentar
solicitud y justificante de pago independientes para cada una de ellas, acompañada de la
correspondiente documentación a aportar.
4.
Admisión de aspirantes
a) Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector o Rectora, dictará
resolución, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. Dicha
resolución, irá acompañada de las listas completas de admitidos y excluidos, las cuales
indicarán, respecto a estos últimos, la causa de exclusión, y se publicará en el Portal
Web de la UPM.
b) Tanto los candidatos excluidos como los omitidos por no figurar ni en la lista de
admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la lista provisional, para subsanar los defectos
que hayan motivado su exclusión u omisión. Dicha subsanación se llevará a cabo a
través de cualquiera de los siguientes links: (https://sede.upm.es/miscandidaturas), en el
apartado «Mis Expedientes / Concursos y Oposiciones / Mis candidaturas» o (https://
sede.upm.es) en el apartado «Mis Expedientes / Concursos y Oposiciones / Mis
candidaturas».
c) Finalizado el plazo de subsanaciones de solicitudes se aprobará la lista definitiva
de admitidos y excluidos, que se publicará en la forma anteriormente establecida.
d) No procederá la devolución de derechos de participación en los supuestos de
exclusión por causa imputable a la persona interesada.
cve: BOE-A-2024-16433
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 191