III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-16491)
Resolución de 19 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Bichero Solar, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Bichero Solar, de 64,5 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de Guadalajara (Guadalajara) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 191
Jueves 8 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 102404
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica. En virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor
ha acreditado su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del
proyecto. A tal fin, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia emitió el
correspondiente informe teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, aprobado en su sesión celebrada el 27 de abril
de 2023.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo con alegaciones, que han sido analizadas y parcialmente
incorporadas en la resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa
previa, autorización administrativa de construcción del proyecto y declaración, en
concreto, de utilidad pública de la actuación anteriormente mencionada.
Estas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas, resuelve:
Primero.
Otorgar a Bichero Solar, SLU autorización administrativa previa de las modificaciones
del proyecto de parque fotovoltaico Bichero Solar, de 64,5 MW de potencia instalada, y
su infraestructura de evacuación, en el término municipal de Guadalajara, en la provincia
de Guadalajara, en los términos que se recogen en la presente resolución.
Segundo.
– Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 64,5 MW.
– Número y tipo de módulos: 118.400 módulos, del fabricante Trina Solar, modelo
TSM-DEG21C, de 665 W de potencia.
– Potencia pico de módulos: 78,74 MW.
– Número y tipo de inversores: 300 inversores del fabricante Huawei, modelo
SUN200D-215KTL-H3, con una potencia unitaria de 215 kVA.
– Potencia total de los inversores: 64,5 MW.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, SAU: 61,23 MW.
cve: BOE-A-2024-16491
Verificable en https://www.boe.es
Otorgar a Bichero Solar, SLU autorización administrativa de construcción para el
parque fotovoltaico Bichero Solar, de 64,5 MW de potencia instalada, y sus
infraestructuras de evacuación, en el término municipal de Guadalajara, en la provincia
de Guadalajara con las características definidas en el proyecto: «Proyecto Técnico
Administrativo Planta Fotovoltaica FV Bichero Solar de 78,74 MWp y 64,5 MWn e
Infraestructura de Evacuación 30 kV», visado el 26 de abril de 2023, y con las
particularidades recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la
generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de la planta fotovoltaica son las siguientes:
Núm. 191
Jueves 8 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 102404
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica. En virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor
ha acreditado su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del
proyecto. A tal fin, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia emitió el
correspondiente informe teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, aprobado en su sesión celebrada el 27 de abril
de 2023.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo con alegaciones, que han sido analizadas y parcialmente
incorporadas en la resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa
previa, autorización administrativa de construcción del proyecto y declaración, en
concreto, de utilidad pública de la actuación anteriormente mencionada.
Estas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas, resuelve:
Primero.
Otorgar a Bichero Solar, SLU autorización administrativa previa de las modificaciones
del proyecto de parque fotovoltaico Bichero Solar, de 64,5 MW de potencia instalada, y
su infraestructura de evacuación, en el término municipal de Guadalajara, en la provincia
de Guadalajara, en los términos que se recogen en la presente resolución.
Segundo.
– Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 64,5 MW.
– Número y tipo de módulos: 118.400 módulos, del fabricante Trina Solar, modelo
TSM-DEG21C, de 665 W de potencia.
– Potencia pico de módulos: 78,74 MW.
– Número y tipo de inversores: 300 inversores del fabricante Huawei, modelo
SUN200D-215KTL-H3, con una potencia unitaria de 215 kVA.
– Potencia total de los inversores: 64,5 MW.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, SAU: 61,23 MW.
cve: BOE-A-2024-16491
Verificable en https://www.boe.es
Otorgar a Bichero Solar, SLU autorización administrativa de construcción para el
parque fotovoltaico Bichero Solar, de 64,5 MW de potencia instalada, y sus
infraestructuras de evacuación, en el término municipal de Guadalajara, en la provincia
de Guadalajara con las características definidas en el proyecto: «Proyecto Técnico
Administrativo Planta Fotovoltaica FV Bichero Solar de 78,74 MWp y 64,5 MWn e
Infraestructura de Evacuación 30 kV», visado el 26 de abril de 2023, y con las
particularidades recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la
generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de la planta fotovoltaica son las siguientes: